El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles una Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por la que se por la que se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación y manejo, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, el periodo de suscripción y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de explotación de ganado aviar de carne, comprendido en el trigésimo séptimo Plan de Seguros Agrarios Combinados
La Orden recoge que son asegurables los pollos de la especie ‘Gallus gallus’, los pavos ‘Meleagris gallopavo’ y las codornices de la especie ‘Coturmix japonica’ estabulados permanentemente en naves sin parque y destinadas exclusivamente al engorde.
Algunas de las condiciones técnicas mínimas de manejo que deben cumplirse en las explotaciones asegurables son:
*Disponer de una hoja de registro de manada, independiente por nave, manteniéndolas correctamente cumplimentadas y registrando los datos diariamente.
*Los animales serán cuidados por personal suficiente que posea la capacidad, los conocimientos y la competencia profesional necesarios que requiere la actividad de producción de aves de engorde.
*Retirar diariamente los animales muertos.
*Programa de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización.
*Control de procesos parasitarios.
*Plan de vacunación de la granja.
*Control de depósitos, circuitos y calidad del agua, debiendo ser la calidad de ésta óptima y compatible con sistemas de vacunación / medicación.
El período de suscripción del seguro de explotación de ganado aviar de carne se iniciará el 1 de junio de 2016 y finalizará el 31 de mayo de 2017.
http://boe.es/boe/dias/2016/04/27/pdfs/BOE-A-2016-4029.pdf