Alegaciones a la Orden de recolección de setas silvestres

Presentadas por Ecologistas en Acción de Ciudad Real

Ecologistas en Acción de Ciudad Real ha presentado alegaciones al borrador de orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la recolección de setas silvestres en los montes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sometido al trámite de información pública por la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales.

En un comunicado alegan que disienten en su consideración de “recurso natural”, ya que “las setas son un prodigio de la naturaleza y, de igual manera que se recalca en el borrador que las setas son propiedad privada de los dueños del terreno, consideramos muy importante especificar en la futura Orden que si los montes son públicos, igualmente las setas son un recurso público que no puede ser acaparado por los concesionarios de este u otros usos”. En el mismo sentido, indican que si el monte es de propiedad municipal, debería permitirse la recolección a personas de otros lugares, evitando discriminaciones mediante tasas abusivas.

El borrador establece que lo que define la recogida de setas es el carácter libre y episódico y el destino para el autoconsumo, poniendo un límite de 5 kilogramos de setas por persona y solo de unas determinadas especies (a pesar de que son muchas más las que se pueden consumir). El resto del borrador no aporta medidas de obligado cumplimiento en los planes de ordenación de montes, como pueden ser las tasas, ni se concretan aspectos importantes del procedimiento administrativo para la solicitud de permisos, principalmente de grupos, pudiendo generarse arbitrariedad y trabas burocráticas, señalan.

En cuanto a la lista de especies permitidas, Ecologistas en Acción propone que se amplíe el listado a todas las especies comestibles o se considere como especies de recolección preferente, permitiendo que las personas expertas puedan recolectar especies no consumidas popularmente, sin que existan sanciones por ello, prohibiendo solo la recogida de especies incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha.

Sobre la recolección con fines comerciales en los Montes Públicos, no se especifica nada, salvo que se regulará de acuerdo a la Ley de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. En el comunicado indican que “creemos que gran parte de la conflictividad de esta actividad proviene de aquí, por lo que es necesario que la orden regule este tema de forma explícita, principalmente las tasas admitidas en los Montes Públicos de propiedad municipal y los destinatarios de estas, el número de personas por hectárea y las medidas para compatibilizar la recogida libre y la procedente de las empresas concesionarias del aprovechamiento micológico”.

Ecologistas en Acción propone que se permita la recolección libre de la cantidad acordada con carácter general (5 kg) en cualquier espacio de titularidad pública, municipal, autonómica o estatal, con el único requisito de que, sólo en caso necesario, se comunique la realización de la actividad facilitando el proceso al máximo. Solo se debería solicitar permiso si las zonas presentan demasiada afluencia o existe protección legal de los valores naturales, y en caso de recolección con fines comerciales, correspondería exigir el pago de una tasa municipal o autonómica.

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