Recta final para solicitar la concentración de aprovechamientos en el Acuífero de la Mancha Occidental

Hasta el 15 de febrero

El Régimen de Explotación para el año 2017 del Acuífero de la Mancha Occidental establece que en determinadas condiciones se podrán concentrar en uno o varios aprovechamientos de un mismo término municipal los recursos hidráulicos que como consecuencia de la aplicación de dicho Régimen correspondan al titular de los derechos al uso del agua.

Las solicitudes de acumulación de recursos serán remitidas a la Confederación Hidrográfica del Guadiana antes del 15 de febrero de este año.

Asimismo, se establece la obligación de disponer y mantener los correspondientes sistemas de medición de caudales en los aprovechamientos, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

Actualmente se encuentra habilitada una entidad autorizada por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la verificación metrológica de contadores de agua fría, cuyo rango de caudales nominales sea entre 3 y 190 metros cúbicos/hora. Dicha entidad está domiciliada en Ciudad Real.

Por ello, se comunica a los titulares de aprovechamientos que soliciten autorización de acumulación de recursos hídricos, dentro del plazo previsto, que tengan instalados en sus captaciones contadores volumétricos de caudales nominales de entre 3 y 190 metros cúbicos/hora y cuyo plazo para la verificación periódica haya expirado, que junto a la solicitud de acumulación aporten copia compulsada de los documentos acreditativos de la realización y superación de la prueba de verificación o que procedan a la instalación de un nuevo contador que cumpla la normativa vigente.

Los que tengan contadores superiores a 190 metros cúbicos y cuyo plazo para realizar la verificación periódica haya expirado deben manifestar en su solicitud de acumulación una de las siguientes alternativas:

-Que el interesado opta por la instalación de un contador nuevo.

-Que expresa su conformidad de que el control de sus extracciones se realice a través de la aplicación de tablas de cultivo, especificadas en el régimen de explotación en vigor.

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