Publicados porcentajes de ayuda de la Junta a contratación de seguros agrarios

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha ha publicado los porcentajes de subvención adicional a la que concede el Ministerio de Agricultura para estimular la contratación de Seguros Agrarios. Según recoge la Resolución de 28/12/2017, la Consejería destina a este fin un presupuesto de 4,6 millones de euros (1,4 para la anualidad 2018 y 3,6 para la 2019).

Se podrá beneficiar de las ayudas todo asegurado que suscriba la póliza en el tiempo y forma establecidos legalmente, con las compañías aseguradoras integradas en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (Agroseguro) y que sean beneficiarios de una ayuda concedida por Enesa. Las ayudas convocadas se extenderán a las pólizas contratadas de forma colectiva por titulares de explotaciones agrarias radicadas en Castilla-La Mancha al amparo del trigésimo noveno Plan de Seguros Agrarios Combinados (Plan 2018) y que correspondan a las líneas de seguro incluidas

La cuantía de la subvención se establece como un porcentaje respecto a las que otorga Enesa para el mismo fin. La subvención concedida para cada póliza, sumada a la que concede Enesa en el mismo ámbito, no podrá exceder nunca los siguientes límites:

– Seguros agrícolas y pecuarios, no podrá exceder el 65 % del importe total del recibo de prima, sin tener en cuenta los recargos.

– Seguros de retirada y destrucción de animales muertos en la explotación, no podrá superar el 90 % del coste del recibo de prima por explotación, sin tener en cuenta los recargos.

La cuantía individual máxima concedida por póliza en concepto de ayudas reguladas en la presente convocatoria será de 18.000 euros. No se concederán ayudas para la contratación de seguros agrarios con coberturas crecientes cuyo importe de la ayuda autonómica resulte igualo inferior a 60 euros por póliza.

Todos los jóvenes que se hayan instalado a partir del 1 de enero de 2013 con una ayuda a la incorporación del Programa de Desarrollo Rural se beneficiarán de un incremento del 10% en la cuantía de la ayuda regional que les corresponda a la contratación del seguro.

Porcentajes seguros agrícolas

Según recoge en un anexo la Resolución de la Consejería, se subvencionarán con un 20% adicional los módulos 2 y 3 de explotaciones frutícolas (albaricoque, ciruela, manzana, manzana de sidra, melocotón y pera).

Con el mismo porcentaje, un 20%, se subvencionarán los módulos 2y 3 de explotaciones de hortalizas al aire libre de ciclo otoño-invierno, de explotaciones de hortalizas al aire libre de ciclo primavera-verano y de explotaciones hortícolas en ciclos sucesivos.

También del 20% será el porcentaje para el módulo 2 de explotaciones de monocultivo de hortalizas, el módulo 2 de explotaciones de cultivos herbáceos extensivos (cereales de invierno, cereales de primavera, arroz, leguminosas grano, oleaginosas y paja de cereales de invierno) y el módulo 2 de explotaciones de frutos secos (almendro, avellano, algarrobo y pistacho).

En el caso del seguro base (SB) con garantías adicionales (GA) para uva de vinificación el porcentaje máximo establecido es del 20% (módulos SB+GA1; SB+GA1+GA2 -con o sin GA4- y SB+GA1+GA2+GA3 –con o sin GA4-)

Para explotaciones olivareras, el porcentaje máximo de subvención calculada sobre la de ENESA será del 32% tanto para los módulos 2Ay 2B como para el P.

Porcentajes seguros ganaderos

La Resolución de la Consejería recoge también, en el caso del seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales muertos en la explotación, un porcentaje máximo de subvención calculada sobre la de ENESA del 5% en el caso del bovino; del 120% para el porcino; 200% para el cunícula (reproducción y recría); 5% para cunícula (cebo industrial); 18% para ovino/caprino (reproducción y recría); 5% ovino/caprino (resto de regímenes); 120% para aviar, avestruces y codornices; 40% para equinos y 100% para cérvidos.

Del 37% máximo serán las ayudas de la Consejería para seguros de explotación de ganado vacuno de reproducción y producción, ganado vacuno de cebo, ganado vacuno de lidia, ganado ovino y caprino, ganado equino, ganado aviar de carne, ganado aviar de puesta, ganado porcino y tarifa general ganadera.

Para el seguro de compensación por pérdida de pastos el porcentaje será del 40% y para el seguro de explotación de apicultura, del 37%.

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