Ayudas para tratamiento de selvícolas hasta 28 noviembre

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha convocado las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o sus asociaciones que sean titulares de derechos reales de propiedad, de posesión o de usufructo de los montes y superficies forestales

Estas ayudas, que podrán solicitarse hasta el 28 de noviembre de 2016, se convocan en régimen de concurrencia competitiva para la ejecución de tratamientos selvícolas en los montes y superficies forestales que estén ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en terrenos calificados en el Sigpac (sistema de información geográfica de parcelas agrícolas) con las claves FO (forestal), PR (pasto arbustivo) y PA (pasto con arbolado), excluyéndose los montes de utilidad pública y otros montes cuya gestión forestal corresponda a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y, por tanto, las tierras arables (TA).

Sólo se admitirá una solicitud por instrumento de gestión forestal sostenible y beneficiario. Si una explotación de menos de 100 hectáreas no posee instrumento de gestión forestal sostenible, solo se admitirá una solicitud por explotación forestal. En el supuesto de que para un mismo instrumento de gestión forestal o para un mismo titular se haya presentado más de una solicitud, sólo se tramitará aquélla que haya sido presentada en último lugar.

Se pueden pedir varios tramos de superficie, pero cada uno de ellos tiene que tener como mínimo 10 hectáreas.

Serán actuaciones subvencionables: trabajos de rozas, podas, cortas y gestión de residuos. Y no serán objeto de ayuda: IVA y tributos, intereses de deuda o contribuciones en especie en forma de provisión de obras, bienes, servicios, terrenos y bienes inmuebles.

El importe máximo subvencionable por hectárea de actuación será de 2.300 euros, estableciéndose una cuantía máxima de 40.000 euros por beneficiario.

El beneficiario deberá mantener las inversiones realizadas al menos durante los 5 años siguientes a la fecha del pago de las ayudas.

http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/detalleDocumento.do?idDisposicion=1474530445658770524

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