Desde el 1 de enero de 2023, la cotización de los autónomos es distinta: todos los agricultores, como autónomos que son, están obligados a cotizar por sus ingresos reales, es decir, por el rendimiento neto obtenido en el ejercicio para sus distintas actividades profesionales o económicas.
Para 2024 se contemplan modificaciones en algunos tramos de rendimientos netos. Así, se contemplan incrementos y reducciones en las bases mínimas de cotización para algunos tramos de rendimientos netos que afectarán a las cuotas que pagan los profesionales que trabajan por cuenta propia, indican desde UAGN (Unión de Agricultores y Ganaderos de Navarra).
En concreto, los autónomos que se encuentren en la tabla reducida de la Seguridad Social -aquellos que obtengan unos rendimientos netos menores a 1.166,70 euros mensuales- verán reducida su base de cotización mínima en 2024.
Por el contrario, los que coticen a partir del cuarto tramo de la tabla general -desde 1.700 euros mensuales- verán cómo su base mínima se incrementa ligeramente durante el próximo año.
Para aquellos que se encuentren en alguno de los tramos de la tabla reducida, saldría a pagar entre cinco y diez euros menos de cuota al RETA, mientras que aquellos que cuenten con unos rendimientos netos superiores a 1.700 euros, sus cuotas se incrementan entre 10 y 30 euros.
La siguiente tabla de cotizaciones de 2024 será la que utilizará la Seguridad Social para saber dónde encuadrar a cada autónomo en función de sus ingresos y regularizar su cuota, una vez presentadas las declaraciones de Renta de este ejercicio.