El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado el importe unitario provisional de las ayudas asociadas a la ganadería de la campaña 2025.
El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones a través de su sostenibilidad y competitividad, reduciendo así el riesgo de abandono de una actividad productiva que también juega un importante papel desde el punto de vista medioambiental.
Dos periodos de pago
El pago de estas ayudas se realiza en dos periodos; un anticipo del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud de la ayuda1, y posteriormente se efectuaría el pago del saldo, entre el 1 de diciembre al 30 de junio del año natural siguiente al de solicitud. Para la campaña 2025, el pago del anticipo podrá alcanzar hasta el 70% del pago total.
El Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) establece los importes unitarios provisionales con los que se realiza el pago del anticipo, en base a la información facilitada por las comunidades autónomas para cada intervención.
Las asignaciones financieras indicativas para la campaña 2025 son:
-Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne: 186.610.000 €.
-Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento: 12.390.000 €.
-Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros: 25.900.000 €.
-Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca: 122.000.000 €.
-Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne: 131.620.000 €.
-Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra: 44.680.000 €.
-Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas: 20.000.000 €.
Importes unitarios provisionales

No perciben anticipos la ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento ni la ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros, al no disponer información de los animales potencialmente subvencionables en las fechas necesarias, según los requisitos establecidos en las propias ayudas.
Estos importes unitarios provisionales podrán ser revisados a la hora de realizar el primer pago del saldo a partir del 1 de diciembre, el cual podrá alcanzar hasta el 90% del importe total de la ayuda.
Posteriormente, a partir de la nueva información que remitan las comunidades autónomas correspondiente al número total de animales determinados para el cobro de las ayudas en abril del próximo año, se establecerá el importe unitario definitivo, con el cual se podrá realizar el segundo pago del saldo de las ayudas al 100%.
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