El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado la caché de campaña 2026 del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas de España (SIGPAC).
Desde el 12 de enero de 2026 se puede consultar a través del Visor Sigpac Nacional del SIGPAC, lo que se conoce como la Caché de campaña 2026, en base a la cual se deberán declarar las superficies de la Solicitud Única de Ayudas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 (PEPAC), cuyo periodo de presentación comienza el 1 de febrero y se establece el 30 de abril como fecha límite para la presentación de la solicitud única, el 31 de mayo para su modificación y el 31 de agosto para la adaptación de la solicitud en aquellos casos en los que se ha comunicado al solicitante alguna incidencia derivada de los controles administrativos o de los controles por monitorización, así como para retirar total o parcialmente parcelas de la solicitud.
SIGPAC, referencia
El SIGPAC es el sistema de identificación de parcelas agrarias que sirve de base para la gestión de las ayudas por superficie de la PAC y que se establece en la normativa comunitaria que regula el sistema integrado de gestión y control de la PAC.
Desde el 1 de enero de 2005, el SIGPAC es la única base de referencia para la identificación de las parcelas agrícolas en el marco de la PAC aunque, de forma excepcional, en determinadas áreas, las comunidades autónomas pueden determinar el uso temporal de otras referencias oficiales identificativas de parcelas.
La Base de Datos del SIGPAC se actualiza continuamente a través de varios procesos en los que participan tanto las comunidades autónomas como el FEGA: convergencia con Catastro, solicitudes de modificación del SIGPAC presentadas por los agricultores, integración de resultados de los controles, renovación de ortofoto, integración de obras civiles, etc.
No obstante, para garantizar una cierta estabilidad durante el proceso declarativo, antes del inicio del periodo de presentación de la solicitud única de la PAC, se toma una “foto fija” o copia de la base de datos.
Al igual que en campañas previas, se podrá consultar y hacer descargas de datos, a través del Visor Sigpac Nacional, del Servicio ATOM de descarga de datos y de los diferentes servicios ubicados en la nube de SIGPAC.
En base a la realidad del terreno
No obstante lo anterior, debe tenerse en cuenta que los agricultores deben realizar la declaración de superficies en base a la realidad del terreno.
En el caso de que el SIGPAC no refleje la situación real de las parcelas y si observa que sus recintos no están correctamente delimitados o si ha cambiado el uso de algún recinto, el productor lo notificará a su administración autonómica a través de la oportuna solicitud de modificación al SIGPAC, y entre tanto, en su solicitud única declarará la situación real.
El agricultor o ganadero que declara los recintos SIGPAC por los cuales se solicitan las ayudas de la PAC es el responsable último de que la información registrada en el SIGPAC sea verídica y coincidente con la realidad.
Se debe comprobar
-Delimitación de la superficie agrícola. Se recuerda que deben estar delimitados, de forma que queden fuera del recinto y por tanto de la Solicitud Única, los elementos no subvencionables: carreteras, caminos y vías de comunicación, edificaciones y construcciones, cursos de agua, escombreras y zonas improductivas, etc. Tampoco son subvencionables las tierras abandonadas en las que no se realiza ninguna actividad agraria o los recintos inactivos no declarados.
-Uso del recinto. Se recuerda que, si ha cambiado el uso de algún recinto o de parte del mismo, se debe presentar la correspondiente solicitud de modificación lo antes posible. Un recinto incorrectamente delimitado puede dar lugar a una reducción de las ayudas solicitadas, especialmente si incluye elementos que no son subvencionables.
En el menú de ayuda del Visor Sigpac se incluye una ficha de contenido de las capas que se muestran, que se mantendrá permanentemente actualizada.
Para la caché de campaña 2026, se ha actualizado la información de las distintas capas, pero no hay nuevas capas.
La previsión de incorporación de las ortofotos provisionales restantes correspondiente a los vuelos realizados en 2025 es la siguiente:
-Andalucía W (prevista para la 1ª quincena de marzo)
-Andalucía E (prevista para la 2ª quincena de abril)
Además, se estima la incorporación de las ortofotos definitivas restantes correspondiente a los vuelos realizados en 2024:
-C. Valenciana (prevista para la 1ª quincena de febrero)
-Cataluña (vuelo 2024 y 2025) (prevista para la 1ª quincena de abril)
Asimismo, está contemplado que antes del 30 de septiembre de 2026, el Visor Sigpac muestre la ortofoto definitiva de los vuelos del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA) 2025 realizados sobre las CCAA de Andalucía, Extremadura y Murcia.



























