La pesca en Castilla-La Mancha

La pesca continental tiene una gran importancia en Castilla-La Mancha no limitándose al mero carácter deportivo o de ocio.

La pesca continental cuenta en la región con más de 100.000 aficionados. Albacete, Cuenca y Guadalajara son las provincias que destacan por su oferta y la calidad de sus aguas, que ha dado lugar a la existencia de buenos tramos trucheros. En Ciudad Real y Toledo destacan sobre todo la pesca de ciprínidos: barbos, bogas y cachos, entre las especies autóctonas.

Castilla-La Mancha está surcada por cuatro grandes ríos: Tajo, Guadiana, Júcar y Segura. Estos ríos, sus embalses y afluentes disponen de una gran cantidad de tramos pescables. La gestión de la pesca se inspira, al igual que la caza, en el mismo principio de gestión y aprovechamiento sostenible.

Periodos hábiles de pesca. Temporada 2016

  • Trucha común

Aguas de Baja Montaña: Del primer domingo de abril al 30 de septiembre.

Aguas de Alta Montaña: Del primer domingo de mayo al 15 de octubre

 

  • Cangrejo rojo: Vedado de 1 de febrero al 31 de mayo
  • Resto de especies: Todo el año salvo en tramos trucheros

Especies pescables y tallas mínimas

La pesca en todo tipo de aguas de la trucha común, se autoriza únicamente en la modalidad de pesca sin muerte, salvo en algunos tramos incluidos en el artículo 7 de la Orden de vedas de Pesca.

Especies pescables

  • Peces autóctonos: Trucha común, barbo, tenca, bogas, cachos, madrilla y anguila.

Especies objeto de control de poblaciones mediante la pesca

  • Peces exóticos: Trucha de arco iris, carpa, carpín.
  • Peces declarados exóticos invasores: Blackbass, lucio, pez gato negro, gobio, perca-sol o pez sol, alburno, lucioperca, alburno y cangrejo rojo.

Especies exóticas invasoras cuya pesca está prohibida.

  • Cangrejo señal, siluro, gambusia, escardino y pez gato punteado, rutilo y carpa hervíbora.

Especies protegidas cuya pesca está prohibida

  • Cangrejo de río autóctono
  • Loina
  • Jarabugo
  • Bogardilla
  • Blenio o fraile
  • Bermejuela
  • Pardilla
  • Pardilla del Robledillo
  • Calandino
  • Lamprehuela
  • Colmilleja

Especies autóctonas que, aun no estando declaradas amenazadas, no está permitida su pesca

  • Madrija
  • Cacho valenciano
  • Bordallo del Gallo

Tallas mínimas

  • Trucha común : 24 cm
  • Barbos: 18 cm
  • Tenca: 18 cm
  • Boga, madrilla y cachos: 10 cm
  • Anguila: 25 cm
  • Trucha arco-iris: Sin talla.
  • Carpa: Sin talla.
  • Carpin: Sin talla.
  • Black bass o perca negra: Sin talla. Sacrificio inmediato
  • Lucio: Sin talla. Sacrificio inmediato
  • Pez gato negro: Sin talla. Sacrificio inmediato
  • Cangrejo rojo. Sin talla. Sacrificio inmediato
  • Gobio. Sin talla. Sacrificio inmediato
  • Perca-sol o pez sol. Sin talla. Sacrificio inmediato
  • Alburno. Sin talla. Sacrificio inmediato
  • Lucioperca. Sin talla. Sacrificio inmediato
  • Siluro. Prohibida su pesca
  • Cangrejo señal. Prohibida su pesca
  • Pez gato punteado. Prohibida su pesca
  • Escardino: Prohibida su pesca
  • Gambusia: Prohibida su pesca
  • Rutilo: Prohibida su pesca
  • Carpa hervíbora: Prohibida su pesca

Escuela Regional de Pesca Fluvial

La Escuela Regional de Pesca Fluvial de Uña es un Centro de Actividades Específicas, creado en el año 1989.
Tiene como objetivo principal promover la pesca fluvial como elemento de ocio compatible con la conservación y el respeto al medio acuático.
En la Escuela Regional de Pesca Fluvial de Uña se divulgan los conocimientos necesarios en materia de pesca y ecología fluvial.
Se encuentra ubicada en plena Serranía de Cuenca, en un entorno magnífico, a 1 kilómetro de la localidad de Uña.
Consta de las siguientes instalaciones:
-Escuela y Centro de Interpretación dotado con diversos materiales audiovisuales, paneles interpretativos y acuarios con fauna y flora fluvial.
– Aula al aire libre que incluye un área de lanzado.
– Coto de pesca sin muerte en el Arroyo del Rincón, para uso exclusivo de la escuela.

Cursos de pesca y ecología fluvial en la Escuela Regional de Pesca Fluvial 

Su objetivo fundamental es que los participantes dominen las técnicas de pesca básicas, entendiendo la pesca como una actividad compatible con la preservación del ecosistema acuático.
Los cursos están destinados a cualquier persona interesada, tanto pescadores iniciados como noveles, sin limitación de edad alguna y son completamente gratuitos.
El contenido de los cursos es predominantemente práctico, si bien se complementan con una parte teórica.
Los participantes se ejercitan en el área de lanzado, en el aula de montaje y en el contiguo Coto de Pesca de la Escuela, un tramo fluvial eminentemente truchero donde se practica la modalidad de pesca sin muerte.
Las prácticas de pesca de ciprínidos se realizan en la cercana Laguna de Uña o en el aledaño Embalse de la Tabla.
La Escuela cuenta con todos los medios de pesca pertinente y aporta todo el material necesario para uso de los participantes, sin coste alguno.
Los cursos se llevan a cabo durante el período de mayo a noviembre sin interrupción. Su duración oscila entre uno y siete días.
Las solicitudes de participación se cursan según modelo disponible en cualquier dependencia de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o en esta página web.

Consejo Regional de Pesca

El Consejo Regional de Pesca de Castilla-La Mancha fue creado por el Decreto 98/2005 de 6 de junio, en virtud del artículo 41 de la Ley 1/1992, de Pesca Fluvial y el artículo 78 de su Reglamento (Decreto 91/1994, de 13 de septiembre).

En él se encuentran representadas las administraciones públicas, los colectivos y asociaciones de pescadores, las federaciones deportivas, las organizaciones ecologistas y también está asistido por expertos en materia de biología y ecología fluvial.

Entre sus funciones y competencias destacan:
– La coordinación de los Consejos Provinciales de Pesca.
– Armonizar e informar las propuestas de Orden de Vedas de las distintas provincias para la temporada siguiente.
– Emitir informes y elaborar propuestas sobre aquellas materias que guarden relación con la pesca fluvial y la conservación del medio acuático, en el sentido de promover la adopción de directrices de protección, fomento y aprovechamiento racional de la fauna piscícola y su hábitat.
– También podrá, si así se queda establecido legalmente, asesorar e informar sobre cualquier otra materia
relacionada con la pesca fluvial y la protección de las especies acuícolas.

Está formado por el Presidente del Consejo, un Vicepresidente y 16 vocales, estando prevista la posibilidad de que puedan asistir, en calidad de invitados, expertos en las distintas materias que puedan figurar en el Orden del Día de cada reunión.

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