OIVE facilita un modelo de contrato de compra-venta de uva

Ante el inicio de la vendimia

Ante el inicio de la vendimia, la Organización Interprofesional del Vino de España ha facilitado un modelo de contrato de compra-venta de uva en el se especifica la información sobre los elementos esenciales a tener en cuenta cuando se elabore este contrato.

El documento tiene como objetivo trasmitir a los operadores de las relaciones comerciales referidas a la compraventa de uva, información sobre los elementos esenciales a tener en cuenta cuando se elabore un contrato de compraventa de uva, así como los principios rectores que deberán de ser respetados.

Consideraciones generales

La Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, así como la creación de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), exigen una mayor atención sobre los aspectos a respetar en relación con la elaboración de los contratos de compraventa de uva, aspectos que exponemos a continuación:

-Los contratos de compraventa de uva deberán siempre formalizarse por escrito, antes del inicio de las prestaciones que tengan su origen en el mismo.

-Es obligatorio y muy importante, de cara a las posibles inspecciones de la AICA, que se conserve toda la documentación relativa a la relación comercial derivada de los contratos de compraventa de uva, durante al menos dos años.

-Todo contrato de compraventa de uva deberá tener, como mínimo, la información que se expone a continuación:

-Identificación de las partes contratantes.

-Objeto del contrato.

-Precio del contrato.

-Condiciones de pago.

-Condiciones de entrega y puesta a disposición de los productos.

-Derechos y obligaciones de las partes contratantes.

-Información que deben suministrase a las partes.

-Duración del contrato junto con las condiciones de renovación y modificación del mismo; causas, formalización y efectos de la extinción del contrato.

MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA DE UVA CON DESTINO A SU TRANSFORMACIÓN EN VINO

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