Castilla-La Mancha ampliará plazo para la comunicación de arranques de viñedo

Es una de las medidas de la Orden que publicará en los próximos días la Consejería de Agricultura ante el coronavirus, que también incluirá otras medidas relacionadas con el viñedo

La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha publicará el lunes 30 de marzo una modificación de la Orden por la que se regula el potencial de producción vitícola en la región ante la situación de emergencia generada por la evolución de coronavirus.

La Orden recogerá que ante la limitación de mantener abierto al público el registro de entrada de documentos para la presentación presencial de escritos por los ciudadanos justifica la necesidad de obligar a la presentación solo por vía telemática de las comunicaciones de arranque, las solicitudes de plantación, y las notificaciones de arranques y autorizaciones de replantación y conversión. No obstante, se especifica que los viticultores que no cuenten con firma digital podrán acudir a entidades de servicios tras su autorización.

Asimismo, debido a las dificultades que puedan tener los viticultores para la finalización de trabajos en la campaña 2019/2020, se amplía el plazo para comunicación de arranques desde el 30 de abril hasta el 1 de junio.

Además, con el fin de emitir las resoluciones de arranque con la mayor celeridad posible para que los que lo necesiten puedan plantar en la misma campaña se podrán emitir estas resoluciones sin la comprobación previa en campo, que se llevará a cabo una vez finalice el estado de alerta.

En el caso de que se esté obligado a la presentación telemática la persona interesada o, en su caso la persona representante, deberá darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://notifica.jccm.es/notifica/).

No obstante, mientras esté vigente el estado de alarma las comunicaciones de arranque, las solicitudes de plantación, y las notificaciones de arranques y autorizaciones de replantación y conversión serán realizadas forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en todos los casos. A tal efecto, para la presentación de solicitudes de autorización de plantación, si el viticultor no dispone de firma digital, podrá realizar su solicitud a través de las entidades que habitualmente prestan este tipo de servicios, autorizadas por el agricultor para este fin.

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