¿Qué equipos de aplicación de productos fitosanitarios deben pasar la inspección (ITEAF)?

A partir del año 2020, las inspecciones de todos los equipos deberán realizarse cada tres años. El no cumplimiento de esta obligación puede conllevar sanciones económicas importantes

El Boletín Fitosanitario de Avisos e Informaciones de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha detalla en su último número sobre los equipos de aplicación de productos fitosanitarios que deben pasar la inspección (ITEAF).

Se consideran objeto de inspección:

1.- Equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios, inscritos en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola) y utilizados en la producción primaria, agrícola y forestal, así como los equipos utilizados en otros usos profesionales, y que correspondan a algunos de los siguientes géneros de máquinas:

-Pulverizadores hidráulicos (de barras o pistolas de pulverización).

-Pulverizadores hidroneumáticos.

-Pulverizadores neumáticos.

-Pulverizadores centrífugos.

-Espolvoreadores.

2.- Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados (tratamiento de semillas, centrales hortofrutícolas, etc.).

3.- Equipos de aplicación montados a bordo de aeronaves, que deberán disponer de la mejor tecnología disponible para reducir la deriva de la pulverización.

Se excluyen los pulverizadores de mochila, los pulverizadores de arrastre manual (carretilla) con depósito de hasta 100 litros, y otros equipos, móviles o estáticos, no contemplados anteriormente.

A partir del año 2020, las inspecciones de todos los equipos deberán realizarse cada tres años. El no cumplimiento de esta obligación puede conllevar sanciones económicas importantes.

 

 

Publicidad

Dejar una respuesta

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí