¿Cómo afecta la prohibición de hacer fuego en el campo al sector agrario?

Del 1 de junio al 30 de septiembre se prohíbe la quema de restos vegetales en terrenos agrícolas y de rastrojos y se advierte sobre los riesgos de la recolección del cereal

quema de rastrojos

Desde el 1 de junio y hasta el 30 de septiembre está prohibido hacer fuego en el campo en Castilla-La Mancha, al comenzar la época de peligro alto de incendios. En este periodo de tiempo no está permitido el empleo del fuego en el medio natural.

En terrenos forestales, y franjas de 400 metros de seguridad, no se podrá:

-Usar maquinaria y equipos que generen deflagración, chispas o descargas eléctricas, con excepción de máquinas de prevención y extinción de incendios forestales; armas de fuego para caza y maquinaria de labores agrícolas y ganaderas.

-Introducir material pirotécnico.

-Fumar, arrojar o abandonar objetos en combustión.

Además, queda suspendida la quema de restos vegetales en terrenos agrícolas y de rastrojos.

Desde la Administración regional recuerdan que el uso de maquinaria agrícola, especialmente las cosechadoras, pueden provocar incendios con desastrosas consecuencias para el medio ambiente y también para la propia explotación agraria, así como el elevado coste que supone su extinción.

Muchos de los incendios provocados por cosechadoras agrícolas se producen por las chispas que generan el roce del peine o patín con el suelo, la polea del ventilador y los rodamientos se recomienda hacer un buen mantenimiento de la máquina, llevar un extintor de nieve carbónica o polvo ABCE, así como reducir la velocidad de avance en terrenos pedregosos y elevar la plataforma de corte y la instalación de matachispas en el tubo de escape.

Forma segura de cosechar

También se establecen una serie de recomendaciones en la formar de cosechar, que van desde realizar una primera pasada perimetral; cosechar las parcelas desde fuera hacia adentro con el fin de que a medida que se avanza exista menos combustible rodeando la parcela; avanzar en contra del sentido del viento, realizando fajas perpendiculares a su dirección; y, en las parcelas que limitan con terreno forestal se señala la conveniencia de hacer el pase de grada o cultivador una vez cosechada, así como realizar los trabajos a primera hora.

Asimismo, se recuerda que las condiciones de máximo peligro de incendio forestal se producen a temperaturas superiores a 30 grados, con una humedad relativa del aire por debajo del 30 por ciento y cuando la velocidad moderada del viento es de moderada a fuerte. Asimismo, se hace hincapié en que las horas de máximo riesgo son las comprendidas entre las 13.00 y las 19.00 horas.

 

 

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