Publicados los requisitos oficiales para que los agricultores reciban las ayudas de los fertilizantes

Es obligatorio estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

tractor

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha publicado este lunes los requisitos y condiciones relativos a la ayuda de Estado en el ámbito de los fertilizantes.

Según la orden difundida en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se establecen las condiciones para recibir estas ayudas, conforme al decreto del pasado 27 de diciembre de apoyo a los productores frente a los efectos negativos de la guerra en Ucrania.

El artículo establece que las subvenciones se concederán de forma directa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) deberá comprobar de oficio los beneficiarios, que deben estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de las subvenciones mediante consulta a los registros públicos.

Los beneficiarios podrán oponerse expresamente a la consulta de los datos, pero deberán aportar los correspondientes certificados emitidos por la Agencia Tributaria o la agencia equivalente de Navarra o del País Vasco, así como por la Tesorería General de la Seguridad Social para acreditar que están al corriente de sus obligaciones.

 

 

 

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