¿Cómo se accede a los derechos de la reserva nacional de la nueva PAC?

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado una circular sobre los criterios para la asignación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la reserva nacional de la campaña de la Política Agraria Común 2023

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado una circular de coordinación sobre los criterios para la asignación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la reserva nacional de la campaña PAC 2023.

Señalan que una vez abierto el plazo de presentación de solicitudes de ayudas de la PAC, es necesario establecer los criterios para la asignación de la reserva nacional, con efecto en la solicitud única 2023, y para la aplicación homogénea en todo el territorio nacional de los controles de los requisitos exigidos para cada caso.

La circular regula las asignación de la reserva nacional para la primera campaña de solicitud en la que se aplica la PAC 2023-2027, por lo que las principales diferencias respecto a la circular correspondiente a la campaña 2022 radican en la adaptación de los requisitos de asignación de reserva nacional a la normativa de aplicación en este nuevo período, incluyendo los nuevos casos de acceso a la reserva nacional e introduciendo las condiciones específicas para la cesión de derechos de ayuda básica a la renta procedentes de la reserva nacional.

Recoge tanto las condiciones generales como específicas de acceso a la reserva nacional, así como que agricultores están legitimados para recibir derechos de ayuda o para aumentar el valor de los derechos existentes en virtud de una sentencia judicial firme o de acto administrativo definitivo.

Hace referencia, igualmente, al acceso a los derechos de la reserva nacional de los jóvenes y nuevos agricultores; de los agricultores en desventaja, que sean responsables de explotación, con hectáreas subvencionables a la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, que ejerciendo la actividad agraria desde 2015, no han participado nunca del sistema de derechos de pago básico; a los responsables de explotación que participen en programas de reestructuración, cuyo objetivo sea evitar el abandono de tierras, etcétera.

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