La Audiencia Nacional desestima la denuncia de los regantes de Rus-Valdelobos

RUS VALDELOBOS

La jueza de la Audiencia Nacional (AN) María Tardón ha confirmado el auto de este órgano judicial, que inadmitió a trámite una denuncia contra el Gobierno de Castilla-La Mancha interpuesta por la Comunidad de Usuarios de Aguas Subterráneas Rus-Valdelobos, en Albacete y Cuenca, por varios supuestos delitos, entre ellos una posible malversación de fondos públicos.

En un auto, al que ha tenido acceso EFE, la jueza ha desestimado el recurso de reforma interpuesta por la representación de la comunidad de usuarios (CUAS) de aguas subterráneas Rus-Valdelobos, que comprende 29 municipios de Cuenca y Albacete, contra el auto del pasado 3 de marzo en el que el la Audiencia Nacional no admitió a trámite la denuncia presentada por este colectivo de regantes y lo confirma en su totalidad.

La CUAS Rus-Valdelobos presentó una querella contra el expresidente de Castilla-La Mancha José María Barreda y otras 17 personas, a los que acusaba de haber puesto en marcha una serie de actuaciones en materia hidrográfica para favorecer supuestamente a la zona del Júcar, para posibilitar el abastecimiento de agua a la zona costera levantina, en detrimento de esta masa de aguas subterráneas, según se indica en el auto.

La querella, inicialmente desestimada el pasado 3 de marzo, se presentó por delitos de prevaricación, falsedad en documento oficial, malversación de caudales públicos y fraude a la administración, fraude a la hacienda española y a la hacienda comunitaria de la UE, desobediencia a la autoridad judicial y a las resoluciones judiciales, y malversación mediante la administración desleal.

Los querellantes, unos 3.000 perjudicados de los municipios de Albacete y Cuenca, argumentaban que habían sufrido un perjuicio de 31,5 millones de euros durante al menos 10 años «a raíz del favorecimiento a la zona del Júcar, en detrimento de la comunidad Rus-Valdelobos».

La titular del juzgado central de Instrucción tres de la Audiencia Nacional, ha considerado en el auto, como solicitaba la Fiscalía, que tiene que insistirse en la carencia de relevancia penal de los hechos en que se fundaba la querella desestimada, tratándose de actuaciones cuyo encaje ha de encontrarse en el ámbito contencioso-administrativo, como de hecho ya ha ocurrido, remarca la jueza.

Para Tardón, la denuncia formulada contra Barreda y las otras 17 personas «no parece muy congruente» con el devenir temporal y el desarrollo cronológico de acontecimientos referidos en la querella, que sitúa la narración de los hechos en un primer periodo de 1960 a 2011 y un segundo entre 2011 y 2022.

Asimismo, apunta que el contenido de la querella «no hace sino reproducir desacuerdos y controversias que, en la materia indicada y por el extenso lapso de tiempo descrito, se han venido sometiendo a la jurisdicción contencioso-administrativa», tanto ante el Tribunal Superior de Justicia de castilla-La Mancha (TSJCM) como ante el Tribunal Supremo.

Además de contra Barreda, la querella iba dirigida contra personas que tenían responsabilidades políticas y administrativas en los organismos públicos competentes en materia hidrográfica en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG), del Instituto Geológico y Minero de España (IGME), de la extinguida Comunidad General de Usuarios del Acuífero 23 y de la empresa Trangsatec. EFEAGRO

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