A juicio cuatro acusados de vender aceite mezclado como de oliva virgen extra

En la Audiencia Nacional

Guardia Civil

EFEAGRO. Cuatro acusados se sentarán esta semana en el banquillo de la Audiencia Nacional, en un juicio en el que el fiscal pedirá 13 años de cárcel para cada uno por vender como aceite de oliva virgen extra desde una nave en Córdoba, lo que en realidad era mezcla de aceite de girasol y oliva, en una proporción de 70/30.

Años 2017 y 2018

El caso se remonta a los años 2017 y 2018, cuando los acusados vendieron aceite mezclado con una etiqueta de una marca que ellos mismos habían creado y para ello usaban los recipientes adulterados de los envases de una cooperativa de Alcaudete (Jaén), según el escrito de acusación.

En el mismo, se relata que los acusados hicieron llegar 153 de estas garrafas a los consumidores a diferentes puntos de comercialización en pueblos de Córdoba, como La Carlota y Santaella, en garrafas de una marca que ellos mismos se habían inventado.

Además, durante 2017 y 2018, los acusados pusieron en el mercado garrafas de cinco litros «haciendo constar» que se trataban de una marca que producía una cooperativa de Alcaudete (Jaén), si bien lo que vendían era una mezcla adulterada, continúa la Fiscalía.

En este caso, los acusados, compraban el virgen extra de esta marca a su nombre o al de dos empresas instrumentales, lo trasladaban a una nave en Aguilar de la Frontera (Córdoba), las vaciaban con una perforación en el tapón y las rellenaban con la mezcla de aceite de girasol y oliva.

En total, los acusados, ya sea de forma directa o con sociedades, compraron 74.000 litros de esta cooperativa.

Fue en febrero de 2018 cuando la Guardia Civil entró y registró la citada nave industrial en Aguilar de la Frontera donde los agentes pudieron encontrar una habitación que se usaba como laboratorio, intervinieron 2.000 etiqueta y 1.500 cajas e cartón para tres garrafas.

Entre los efectos intervenidos, se detallan 1.134 garrafas vacías, otras 500 llenas de aceite de oliva virgen extra (AOVE), etiquetas falsificadas y cajas de cartón.

Los hechos se consideran constitutivos de un delito de falsedad en un documento mercantil, por el que se le pide tres años de prisión a cada uno; un segundo de contra la propiedad industrial, por el que se les solicitan otros tres; y un tercer delito continuado de estafa, con una pena de siete años para cada uno de los acusados.

Imagen: Archivo

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