Yo pago, yo decido. Juan Miguel del Real, director de Cooperativas Agro-alimentarias Castilla-La Mancha

Desde hace algún tiempo está abierto el debate público sobre las bondades de las estaciones de servicio “desatendidas”, o mejor llamadas “automáticas”, frente a las tradicionales estaciones de servicio “atendidas” que todos conocemos, y sobre las razones que aconsejan proteger de una manera u otra los derechos de consumidores que se acercan a este primer tipo de establecimientos en los que uno se tiene que arreglar solo para suministrar carburante a su vehículo.

La verdad es que en pleno siglo XXI un debate como este parece tener muy poco sentido, sobre todo cuando todos nosotros participamos activamente en el crecimiento fulgurante del comercio electrónico en todo el mundo. A estas alturas a nadie le causa estupor comprar miles y miles de productos sin que nadie nos atienda, solos, desde nuestra casa, en plataformas de venta on line a cuyos vendedores no ponemos cara, que en muchos casos están a miles de kilómetros de nosotros, asumiendo los riesgos inherentes a este tipo de comercio, en especial, en cuanto a que “lo pedido” coincida con “lo recibido”, e incluso poner alegremente los dígitos de nuestra tarjeta de crédito para efectuar el pago de algo que no hemos tenido la oportunidad de examinar antes. A pesar de todo ello, el consumidor de hoy es un consumidor maduro, que sabe lo que quiere, que asume sus propios riesgos y que dispone de información suficiente como para que nadie pueda considerarlo incapaz de poder tomar sus propias decisiones sobre qué y dónde comprar sus bienes y servicios.

Sin embargo, el debate de las estaciones de servicio “atendidas” versus “desatendidas” parece tocar sensibilidades diferentes que no siempre se logran entender. Como decíamos, una estación de servicio desatendida es aquella en la que el consumidor tiene que suministrarse el carburante para su vehículo sin la ayuda de nadie y eso puede ser un inconveniente para muchos pero una oportunidad para otros. Y es que las estaciones de servicio automáticas (por algunos llamadas low cost) no son una moda reciente como alguien podrían pensar, pues existen desde hace décadas especialmente en el medio rural de nuestra región, en algunos casos en los lugares más inhóspitos y deshabitados de la misma, de la mano de las cooperativas agrarias que comenzaron ofreciendo este servicio de carburantes a sus socios agricultores, pero que a día de hoy han tenido que abrir su servicio al resto de habitantes de miles de pueblos a lo largo de la geografía española, en los que la única alternativa de suministro de carburante lo constituye la cooperativa agraria del pueblo. Además, estas estaciones de servicio ofrecen un producto de máxima calidad, con un servicio las 24 horas del día, con un sustancial ahorro del precio del combustible para el usuario final y, como hemos dicho anteriormente, cubriendo en unos casos un servicio básico que de otra manera no existiría o en última instancia ha ayudado a regular los precios del carburante en la comarca al permitir crear un entorno de competencia que siempre beneficia al consumidor.

Derechos del consumidor

La Comisión Europea y más recientemente CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) se ha pronunciado en dos ocasiones de forma clara y precisa a favor del modelo de negocio de las estaciones desatendidas como una alternativa más para el consumidor; alternativa que, por supuesto, como el resto de modelos de estaciones de servicio atendidas, ha de cumplir todas las normas técnicas y de seguridad previstas en la vigente legislación estatal (Real Decreto Real Decreto 706/2017), faltaría más; pero a la vez ha recomendado a las autoridades castellano-manchegas competentes en materia de consumo que eviten regular en su próxima normativa, pretendidas exigencias para las estaciones desatendidas que a todas luces son restricciones al libre desarrollo de la actividad, tales como las de contar con aseos higiénicos gratuitos las 24 horas del día así como personal para su limpieza, o la obligatoria atención personal al consumidor por parte del titular de la instalación en caso de incidencias o emergencias, pues además de ser incoherentes con el propio modelo de estación automática, no parece que tales restricciones respondan a razones de imperioso interés general o se hayan valorado siquiera otras alternativas menos restrictivas.

Pero más allá de las bondades que podamos argumentar sobre el modelo de negocio de las estaciones de servicio desatendidas, lo cierto es que si queremos invocar la protección de los derechos del consumidor, qué mejor favor podemos hacerle al mismo que reconocer su madurez, ofrecerle diferentes modelos de negocio para el suministro de carburante de su vehículo y dejarle que sea él el que elija el modelo que más le interese en cada momento. En definitiva, como consumidor, yo pago, yo decido. Así de simple.

Juan Miguel del Real

Director de Cooperativas Agro-alimentarias Castilla-La Mancha

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