¿Qué es el nuevo pasaporte fitosanitario y para qué sirve?

Es un documento que permite la libre circulación de las partidas de plantas dentro del ámbito de la Unión Europea y sirve como garantía para acreditar que los vegetales y productos vegetales han sido controlados, producidos y comercializados libres de plagas y enfermedades

La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha informa en su último Boletín Fitosanitario de Avisos e Informaciones sobre la aplicación, a partir del 14 de diciembre, de un nuevo Reglamento relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, que introducirá cambios en el régimen fitosanitario de la Unión Europea y afecta a los productores de material vegetal destinado a plantación y comerciantes de éste.

Dentro de las novedades que se introducirán con esta normativa están:

-Pasaporte fitosanitario, este documento permite la libre circulación de las partidas de plantas dentro del ámbito de la Unión Europea, sirve como garantía para acreditar que los vegetales y productos vegetales han sido controlados, producidos y comercializados libres de plagas y enfermedades.

-Nuevas especies que deben llevar pasaporte fitosanitario. El pasaporte fitosanitario será obligatorio para todos los vegetales destinados a plantación y para algunas de las semillas reguladas reglamentariamente por la Unión Europea.

-Contenido del Pasaporte de Fitosanitario. La información que debe contener el nuevo pasaporte fitosanitario es de forma resumida: la bandera de la Unión Europea, las palabras “Plant Passport” / “Pasaporte fitosanitario” en inglés y en español, el nombre botánico de la planta, el número de registro del productor o comercializador de la planta, el código de trazabilidad del vegetal y, si procede, el código de país de origen.

-Colocación y sustitución del pasaporte fitosanitario. Debe ser fácilmente legible y distinguible, y se deberá colocar acompañando a la unidad comercial que se define en el reglamento como “la unidad comercial más pequeña u otra unidad utilizable”.

Otra de las novedades que plantea es la emisión combinada de los pasaportes fitosanitarios con las etiquetas de certificación, de tal forma que la etiqueta de certificación sirve también de pasaporte fitosanitario.

Además, se elimina la figura del pasaporte de sustitución distintivo (RP), sin embargo, se permite que un pasaporte pueda ser sustituido en caso de solicitud del operador, y obligatorio en los casos que se subdivida la unidad comercial.

No obstante, hay que tener en cuenta que los Reglamentos de control y certificación no permiten la partición de lotes del material certificado, y por lo tanto no podrá emitirse un pasaporte de sustitución para dicho material.

Del resto de las categorías distinto del certificado, se deberá emitir el pasaporte fitosanitario unido al resto de requisitos de etiquetado exigido en los Reglamentos de control y certificación, bien de manera combinada en una única etiqueta (pasaporte-etiqueta del productor) o bien en dos etiquetas, una para el pasaporte y otra para la etiqueta del productor. Para la sustitución del pasaporte se debe tener en cuenta que el etiquetado regulado en los Reglamentos de control y certificación es responsabilidad única del productor.

Listado de plagas de cuarentena y no cuarentenarias

Publicación mediante actos delegados de nuevos listados de Plagas de cuarentena y otras consideradas no Cuarentenarias (RNQPS) que deberán ser controladas durante la fase de producción.

Formación

Los operadores autorizados que expidan pasaportes fitosanitarios deberán velar para que los miembros de su personal, que participen, tengan la formación adecuada y posean los conocimientos necesarios para llevarlo a cabo.

La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha organizará jornadas informativas para dar a conocer esta nueva reglamentación.

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