Viticultores de Castilla-La Mancha tendrán más tiempo para finalizar reestructuración viñedo

Hasta el 31 de julio de este año

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este lunes sendas órdenes de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifican las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de la región, a consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus.

De esta manera, los viticultores tendrán un mes y medio más de tiempo para finalizar sus operaciones, en el caso de las bienales, hasta el 31 de julio de este año.

La modificación también recoge que la realización de la plantación y, en su caso, las puestas de protectores de plantas deberán ser comunicadas una vez finalizadas y siempre con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitud de certificaciones cuando  concurra  una  de  las  siguientes circunstancias:

  1. La autorización que se haya utilizado en la plantación tenga una caducidad inferior a la fecha en la que se vaya a presentar la solicitud de certificación.
  2. Cuando los  protectores  de  plantas  se  vayan  a  quitar  con  anterioridad  a  la  presentación  de  la  solicitud  de certificación.
  3. Cuando la plantación y la solicitud de certificación se vayan a efectuar en diferentes campañas vitícolas.

En el caso de que no concurra ninguno de estos supuestos, se tendrá en cuenta la solicitud de certificación como comunicación de la realización de la plantación y, en su caso, de la puesta de protectores de plantas.Cuando la ejecución en campo no sea correcta se entenderá como básica la acción de plantación y no podrá cobrarse el resto de las acciones ligadas a dicha parcela.

Además, después de la finalización de la operación, la dirección técnica de la solicitud debe comunicar a la Administración la finalización de las mismas y solicitar su certificación y pago. La fecha límite para la presentación de solicitudes de certificación y pago de las operaciones aprobadas será el 1 de julio de 2019 para las operaciones de ejecución anual y el 31 de julio de 2020 para las operaciones bienales.

Además, en determinados casos recogidos en las órdenes emitidas se suprime la declaración de plantación, pudiendo ser sustituida por la solicitud de certificación y pago final.

Mientras dure el estado de alarma para poder cobrar mediante el sistema de anticipo se deberá solicitar su pago, acompañado de una copia escaneada de la garantía (aval) que deberá haberse constituido por un importe igual al 120% del anticipo de la ayuda.

Según consta en el DOCM, se modifica así la convocatoria del Programa de Apoyo 2019-2023 que convocan para su ejecución en 201, 2020 y 2021 estas ayudas.

Órdenes:

https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2020/04/06/pdf/2020_2589.pdf&tipo=rutaDocm

https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2020/04/06/pdf/2020_2590.pdf&tipo=rutaDocm

 

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