¿Qué contempla proyecto de RD de nutrición sostenible en suelos agrarios?

Recoge aspectos como sección de fertilización en cuaderno de explotación; plan de abonado; establece periodos de prohibición de fertilización nitrogenada o limitaciones en aplicación de lodos

Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos ha calificado de lastre el Real Decreto por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios y así lo ha manifestado en las alegaciones que ha presentado recientemente.

Desde la organización agraria realizan un resumen del proyecto de RD.

Condiciones generales

Será necesario incluir en el cuaderno de explotación una sección de fertilización. En esta sección se deberán incluir datos sobre las características del suelo, nutrientes y metales pesados, así como de los fertilizantes aplicados y forma y fecha de aplicación; también del agua de riego.

Además, todos los invernaderos, sin importar tamaño y explotaciones a partir de una determinada superficie según cultivo deberán contar con un plan de abonado; en el que deberán figurar las rotaciones en cultivos herbáceos (mínimo de 3 años secano y 2 regadío), balance de nitrógeno y necesidades del cultivo.

Se prohíbe la fertilización en terrenos inundados (a excepción del arroz), hidromorfos o cubiertos de nieve, restricción que se venía dando en zonas vulnerables a nitratos.

Se establecen periodos de prohibición de fertilización nitrogenada.

El almacenamiento de productos fertilizantes y otros no deberán estar en zonas inundables ni a 50 metros de cauces de agua.

Productos fertilizantes, estiércoles y lodos

Productos fertilizantes: se prohíben los fertilizantes a base de carbonato de amonio y se restringe al 25% de las necesidades anuales del cultivo las que se pueden cubrir con fertilizantes ureicos y bajo una serie de métodos indicados.

Estiércoles: se deberá certificar una serie de datos de contenidos de sustancias para su aplicación en suelos agrarios. Para su aplicación deberá contarse con un periodo de entre 21 días y 2 meses para la recolección (2 meses cultivos y 21 días pastoreo o siega de pastos). No se podrán aplicar a menos de 5 metros de orillas de aguas superficiales o pozos.Se deben señalizar los cultivos o pastos tratados con purines en parcelas colindantes con vías pecuarias durante un tiempo determinado para evitar la entrada de ganado.

Lodos: Además de otras condiciones, los lodos no se podrán aplicar a cultivos hortícolas ni frutícolas durante el periodo de vegetación, no se podrán aplicar en los diez meses anteriores a la cosecha.

Asesoramiento

Las explotaciones obligadas a elaborar un plan de abonado deberán contar con asesoramiento para su elaboración.

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