El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha actualizado los procedimientos de gestión y control de las medidas de cosecha en verde y renuncia a efectuar cosecha incluidas en los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.
La nueva circular, que sustituye a la vigente desde 2025, busca armonizar la aplicación de estas intervenciones en todas las comunidades autónomas y reforzar las garantías sobre el uso de los fondos comunitarios destinados a la prevención y gestión de crisis de mercado.
La cosecha en verde y la renuncia a efectuar cosecha constituyen dos de las principales herramientas disponibles para que las organizaciones de productores puedan actuar ante situaciones de desequilibrio entre oferta y demanda.
Su objetivo es retirar producción potencial del mercado antes de la recolección comercial para evitar hundimientos de precios y reducir el impacto económico sobre los agricultores.
Requisitos más definidos para acceder a la ayuda
La circular recuerda que la cosecha en verde implica la eliminación total de la producción antes del inicio de la recolección normal, siempre que el cultivo no haya sufrido previamente daños por causas climáticas, fitosanitarias u otros factores externos.
Por su parte, la renuncia a efectuar cosecha supone no obtener ninguna producción comercial durante el ciclo productivo normal, quedando excluidas aquellas situaciones derivadas de fenómenos meteorológicos adversos, plagas o enfermedades.
Entre las condiciones exigidas, el FEGA establece que los cultivos hortícolas deberán haber permanecido al menos 30 días en el terreno, salvo excepciones específicas como el champiñón, mientras que en cultivos leñosos las plantaciones deberán encontrarse en plena fase productiva.
Notificación previa y delimitación exacta de las superficies
Uno de los aspectos que adquiere mayor relevancia es la planificación previa de las actuaciones. Las organizaciones de productores deberán comunicar las operaciones antes de su ejecución mediante notificación electrónica a la comunidad autónoma competente.
Además, cuando la intervención no afecte a la totalidad de un recinto SIGPAC o existan varios cultivos en la misma parcela, será obligatorio presentar documentación gráfica que identifique de forma inequívoca la superficie sobre la que se realizará la cosecha en verde o la renuncia a la cosecha.
Controles sobre el terreno
La circular refuerza igualmente los mecanismos de verificación. Las comunidades autónomas deberán realizar controles físicos y documentales para comprobar que las operaciones se ajustan a lo autorizado y que las superficies declaradas coinciden con la realidad observada en campo.
Una vez efectuada la inspección, las producciones afectadas deberán ser desnaturalizadas para impedir su incorporación posterior a los circuitos comerciales, garantizando así que estas medidas mantengan su carácter excepcional como instrumentos de gestión de crisis y no se conviertan en una alternativa permanente a la comercialización.
Mayor seguimiento de las ayudas
Dentro de los controles asociados a las solicitudes de pago, las autoridades deberán verificar operaciones que representen al menos el 5 % de las superficies o actuaciones de cosecha en verde y renuncia a efectuar cosecha ejecutadas por cada organización de productores.
El FEGA señala que este refuerzo del control responde a la necesidad de asegurar una aplicación homogénea de las ayudas en todo el territorio nacional y garantizar la correcta utilización de los fondos de la Política Agrícola Común destinados a la gestión de crisis en el sector hortofrutícola.
La actualización de la normativa llega en un contexto de creciente volatilidad de los mercados agrícolas y de aumento de las herramientas de regulación de la oferta contempladas en los programas operativos de las organizaciones de productores.


























