¿En qué consiste exactamente la monitorización por satélite de las ayudas PAC?

Sustituirá progresivamente a la teledetección y controles sobre terreno

parcelas

En la presente campaña de la PAC la monitorización a través de satélite va a adquirir gran relevancia, siendo en el año 2022 cuando tenga lugar su implementación completa en toda España, cuando sustituya a los controles sobre terreno y por teledetección.

Los controles por monitorización son un procedimiento de observación periódica y sistemática de la tierra, basado fundamentalmente en la utilización de las imágenes de los satélites Sentinel. Tienen una naturaleza preventiva y su objetivo es la verificación periódica y continua de la compatibilidad entre la actividad declarada por el agricultor y la observada en la serie temporal de imágenes.

La utilización de estos controles en sustitución de los controles sobre el terreno actuales supone pasar de controles puntuales, manuales y basados en el muestreo del 5% de los beneficiarios a la realización de controles automatizados continuos al 100% de los mismos. La automatización de procesos reduce la carga administrativa y el coste de realización de controles, con lo que la tramitación de las solicitudes y los pagos debería ser más ágil.

Expedientes dudosos o incumplimientos

Los casos de expedientes dudosos o incumplimientos son comunicados a los beneficiarios, requiriendo el aporte de información o evidencias adicionales en forma de fotografías geoetiquetadas o la modificación de la solicitud única en los plazos habilitados al efecto.

Cómo se ha introducido la monitorización

Desde Unión de Uniones detallan que aunque la realización de controles por monitorización es voluntaria para los Estados miembro de la UE, España ha asumido el desarrollo de este método de control y es el país con más superficie agraria y regímenes de ayuda monitorizados.

En 2019 se realizaron controles por monitorización en 10 CCAA; en 2020 fueron 15 y en la 2021 se incorpora Cantabria y se amplía la base territorial de las CCAA en las que ya se realizaba, en 8 CCAA se monitorizará la totalidad de la superficie (Asturias, País Vasco, Navarra, Aragón, Castilla y León, Madrid, Murcia y Baleares). Castilla-La Mancha es una de las regiones en las que se aplica en menos parte de su territorio.

En cuanto a los regímenes de ayuda sometidos a esta metodología de control, se controlarán todos los esquemas de ayuda del Primer Pilar y un número importante de medidas de ayudas relacionadas con superficies del II Pilar en el ámbito del SIGC.

¿Cómo funciona?

En cuanto a la metodología, se mantiene el funcionamiento básico de la campaña 2020. Los resultados pueden equipararse a las luces de un semáforo:

-Verde: Se cumple con las condiciones de las reglas automáticas establecidas para el escenario y régimen de ayuda o medida de apoyo declarado.

-Amarillo: No existe evidencia concluyente de cumplimiento o incumplimiento de las reglas de elegibilidad establecidas.

-Rojo: No se cumplen las condiciones de las reglas de elegibilidad establecidas.

En caso de darse luces amarillas o rojas, las CC.AA. invitarán a los beneficiarios:

-A presentar, de forma voluntaria y en 10 días, evidencias adicionales en forma de fotografías geoetiquetadas que permitan verificar la realidad del terreno.

-O modificar la Solicitud Única. La modificación en estos casos, sin penalización, está limitada a la adaptación de la delimitación gráfica o uso de las parcelas de su Solicitud a las incidencias detectadas y el plazo se amplía hasta el 31 de agosto, si bien las CC.AA. podrán realizar ampliaciones de dicho plazo para regímenes y medidas de ayuda concretos.

Con objeto de facilitar esta interacción entre agricultores y administración, se han desarrollado Apps para dispositivos móviles que permitirán a los agricultores comunicarse de forma directa con la Administración, obteniendo resultados de los controles y facilitando el aporte de evidencias adicionales, tales como fotografías georreferenciadas desde su propio teléfono móvil.

Estas aplicaciones garantizan la captura de los datos necesarios (fecha, hora, localización y recintos SIGPAC afectados), así como el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en la legislación sobre seguridad y calidad de las fotografías, proporcionando a su vez un canal de comunicación seguro para remitir estas evidencias a la Administración.

El carácter preventivo evitará la aplicación de sanciones y penalizaciones al dar margen al agricultor para modificar su Solicitud o aportar evidencias adicionales, para aquellas parcelas con resultado preliminar inconcluyente o desfavorable.

Sobre aquellos expedientes que continúen siendo dudosos tras la modificación de S.U. o aporte de fotografías se llevarán a cabo otras actividades complementarias de control, entre las que se encontrarían, como último recurso, las visitas a campo.

En teoría esto es un paso hacia la simplificación de la Política Agraria Común.

 

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