Plaga de avispilla del almendro se extiende ya a 124 pueblos

De Castilla-La Mancha

avispilla del almendro

Desde 2010, la avispilla del almendro ha pasado en Castilla-La Mancha de detectarse en Munera (Albacete) a ser declarada como plaga en todos los municipios de dicha provincia, cerca de 40 más en Cuenca y otros tres en Ciudad Real. La Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha acaba de ampliar el área de prevención y lucha contra este insecto y obligar a la retirada de las almendras afectadas antes de la brotación.

Unión de Uniones informa que, con el fin de evitar una mayor propagación de la plaga de la avispilla del almendro, Castilla-La Mancha publicó en 2019 la Orden 33/2019, de 25 de febrero, imponiendo determinadas medidas en las plantaciones infestadas. Se tenían en cuenta dos circunstancias especiales: la de los productores ecológicos sobre el no uso de determinados fitosanitarios, en primer lugar, y, en segundo, las precauciones a adoptar para no afectar a las abejas en parcelas con colmenas. 

La Orden de la Consejería, que sigue vigente, obliga a los titulares de las parcelas a sufragar de su bolsillo lo que cuesten las medidas que hay que adoptar, tal y como, efectivamente, dice la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal en su artículo 19, pero sin establecer las ayudas e indemnizaciones que puede poner en marcha la Comunidad Autónoma, con la colaboración financiera de la Administración Central, o sin ella. En su momento Unión de Uniones solicitó la puesta en marcha de estas ayudas y dado que la plaga se ha seguido extendiendo, la Consejería debería replantearse su negativa.

Municipios con plaga declarada

Con la ampliación ahora aprobada, los municipios en donde es obligatorio adoptar las medidas de lucha y prevención contra la avispilla son:

-Todos los de la provincia de Albacete

-En Cuenca: los municipios de: Alarcón, Almodóvar del Pinar, Campillo de Altobuey, Cardenete, Casas de Benítez, Casas de Fernando Alonso, Casas de Guijarro, Casas de Haro, Casas de los Pinos, Casasimarro, Castillejo de Iniesta, El Herrumblar, El Peral, El Picazo, Enguídanos, Graja de Iniesta, Iniesta, Ledaña, Minglanilla, Mira, Motilla del Palancar, La Pesquera, Narboneta, Pozoamargo, Pozorrubielos de la Mancha, Puebla del Salvador, Quintanar del Rey, Sisante, Tébar, Valhermoso de la Fuente, Vara del Rey, Villagarcía del Llano, Villalpardo, Villanueva de la Jara, Villarta y Villora.

-En Ciudad Real: Ruidera, Socuéllamos y Tomelloso.

¿Cuáles son las medidas obligatorias?

En todas las plantaciones de almendro de cultivo convencional (no ecológico) afectadas por avispilla que queden dentro de esos términos municipales (incluso aquellas cuya producción esté abandonada) los titulares tendrán que llevar a cabo las siguientes acciones:

-Realizar tratamientos fitosanitarios adecuados en los momentos en los que la plaga sea más vulnerable y con los productos autorizados en el Registro de Productos Fitosanitarios del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación.

-Retirar las almendras afectadas, en los momentos agronómicamente adecuados (y previamente a la brotación del almendro… esto es nuevo), y quemarlas antes de la emergencia de las nuevas avispillas. Estos frutos no pueden usarse para alimento del ganado, ni combustible u otros usos.

-Extremarse las medidas de limpieza en la maquinaria de recolección, los equipos de transporte y almacenaje, evitando que queden restos de almendras que pudieran ser un foco de dispersión de la plaga.

-Disponer en los almacenes de almendra las medidas de conservación adecuadas, evitando la contaminación de las partidas almacenadas, extremando la limpieza de todos los equipos implicados en el proceso productivo. Si se ven partidas infectadas hay que destruirlas indicando a la consejería de donde proceden.

-Si en la parcela hay colmenas, informar a los apicultores del calendario de tratamientos.

¿Y si el cultivo es ecológico?

Cuando se trate de parcelas de almendro ecológico, si se detecta la presencia de avispilla, igualmente se deberán llevar a cabo medidas de lucha contra la plaga. No obstante, en este caso pueden elegir entre: realizar los tratamientos en los momentos adecuados (como lo cual las almendras no podrán comercializarse como ecológicas, debiendo informar de ello el organismo certificador a los operadores habituales); o bien, quemar las almendras afectadas antes de que salgan las avispillas.

A lo que están obligados, en cualquier caso, e igual que el resto, es a extremar la precaución en la limpieza de los equipos de recolección, transporte y almacenamiento y a avisar a los apicultores de las fechas de tratamiento si es que tienen colmenas en la parcela.

Para aquellos que escojan realizar los tratamientos, es evidente que no van a poder cumplir alguno de los requisitos en cuanto al uso de productos fitosanitarios, con lo que, en esta situación excepcional, habrá que comunicar los recintos tratados a los organismos certificadores y a las direcciones Provinciales de la Consejería a través del correspondiente modelo de impreso, que podrá presentarse presencialmente en los registros de la Consejería o bien telemáticamente a través de la plataforma habilitada para ello.

La excepción se tiene en cuenta sólo en los pueblos afectados por la plaga y para los tratamientos realizados cuando se deba y con los productos autorizados en el Registro de Productos Fitosanitarios.

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