Novedades para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional

Afecta a referencias de superficies o posibles situaciones de creación de condiciones artificiales

parcelas

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado una circular sobre las novedades de coordinación sobre criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional correspondiente a la campaña 2021.

Con motivo de los cambios en la legislación comunitaria y nacional sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común, así como las observaciones y recomendaciones derivadas de auditorías del Tribunal de Cuentas Europeo y la Comisión Europea, ha sido necesario introducir las modificaciones correspondientes en la Circular de coordinación sobre criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional correspondiente a la campaña 2021.

El FEGA ha publicado la mencionada circular de coordinación por la que se establecen, para la campaña 2021 y para todo el territorio nacional, los criterios generales y específicos de asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional.

Jóvenes agricultores

Tanto para el caso de jóvenes agricultores como para los agricultores que comienzan su actividad agrícola, la modificación introducida por el Real Decreto 41/2021 establece que, para el establecimiento de los derechos de pago de la reserva nacional, se deberá tomar como referencia la superficie que esté a disposición del agricultor a fecha final del plazo de modificación de la solicitud única de la campaña.

Además, se amplía la lista no exhaustiva de posibles situaciones de creación de condiciones artificiales y situaciones de riesgo que deben ser analizadas caso por caso por las autoridades competentes, haciendo alusión a la figura del “responsable o jefe de la explotación”, del “titular de explotación” y de la definición de “explotación”.

Sobre la incorporación de los jóvenes agricultores a la actividad agraria mediante un Programa de Desarrollo Rural (PDR) implantado en varias fases, se amplía la información sobre el criterio de la Comisión Europea.

Finalmente, se incluye un apartado dedicado a la revisión de las resoluciones de reserva nacional a instancia de los solicitantes (recursos de alzada), o de la propia Administración, mediante reasignaciones a la baja.

En consecuencia, esta circular supone una actualización, teniendo en cuenta estas modificaciones, respecto a la vigente para la campaña 2020, y se ha adoptado en consenso  con  las  comunidades  autónomas mediante  reuniones  del  grupo  de coordinación correspondiente, constituido por el FEGA.

 

 

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