Ya está en vigor el RETO (Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con productos fitosanitarios)

Su utilización es obligatoria para los operadores inscritos en el sector suministrador y en el sector tratamientos del ROPO (Registro Oficial de Productores y Operadores de Productos Fitosanitarios)

A finales del año pasado entró en vigor el RETO (Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con productos fitosanitarios). Se trata de un registro actualizado de todas las operaciones de comercialización, importación o exportación efectuadas en el sector de los productos fitosanitarios.

Desde la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha informan que, con el fin de facilitar las labores de control y registro de las transacciones de productos fitosanitarios, el RETO adquiere la forma de sistema informático, cuya utilización es obligatoria para los operadores inscritos en el sector suministrador y en el sector tratamientos del ROPO (Registro Oficial de Productores y Operadores de Productos Fitosanitarios).

La obligación de utilización del RETO para el registro de las operaciones realizadas con productos fitosanitarios entró en vigor el 10 de noviembre de 2021, fecha a partir de la cual, los antiguos registros de transacciones han debido ser sustituidos por el RETO.

La aplicación permite el registro de las transacciones en tiempo real, siendo deber de los operadores mantener actualizada la información, al menos, con carácter mensual.

La información mínima contenida en RETO es la siguiente:

Para los usuarios del sector suministrador se anotarán los siguientes datos:

-Identificación de la operación: compra en España, venta en España, importación paralela, importación UE, importación no UE, exportación UE y exportación no UE.

-Fecha de la transacción.

-Identificación del producto fitosanitario (nombre comercial, número de inscripción en el Registro Oficial de productos y material fitosanitarios y número o referencia, en su caso, del lote de fabricación).

-Cantidad de producto objeto de la transacción (capacidad del envase y número de envases).

-Identificación del suministrador y del comprador (número de inscripción en el ROPO, nombre y apellidos o razón social, dirección o sede social y NIF).

Para los usuarios del sector tratamientos fitosanitarios se deberá registrar la siguiente información:

-Identificación de la operación: adquisición o aplicación.

-En caso de adquisición, identificación del suministrador (número de inscripción en el ROPO, NIF y nombre o denominación social).

-En caso de aplicación, identificación de la parte contratante del servicio (Nombre y apellidos o razón social, dirección o sede social y NIF).

-Fecha de la operación.

-Identificación del producto fitosanitario (nombre comercial, número de inscripción en el Registro Oficial de productos y material fitosanitarios y número o referencia, en su caso, del lote de fabricación).

-Cantidad de producto objeto de la transacción (capacidad del envase y número de envases).

-En el caso de las aplicaciones, cultivo u objeto del tratamiento realizado.

Para poder utilizar RETO, el primer paso que deben realizar los usuarios es proceder al autoregistro en la aplicación, siendo necesario que el operador que pretenda utilizar RETO se encuentre inscrito previamente en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Productos Fitosanitarios (ROPO).

 

 

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