Ya se puede solicitar la oferta pública para la adquisición de derechos de uso del agua en el Alto Guadiana

La Confederación Hidrográfica del Guadiana contempla una compensación económica por la venta de los derechos de 5,25 €/m3, impuestos incluidos. Eso significa 7.875 euros por hectárea de cultivos leñosos y 10.500 por la de herbáceos

CHG

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este lunes el anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre oferta pública para la adquisición de derechos de uso del agua.

El Plan Hidrológico de cuenca persigue en el Alto Guadiana el objetivo de alcanzar el buen estado de las masas de agua en 2027, de las subterráneas, las superficiales relacionadas, así como de los ecosistemas dependientes y zona protegidas (destacan las Tablas de Daimiel, las Lagunas de Ruidera y toda la Mancha Húmeda).

En el Programa de Medidas contempla, entre otras, la asignación de 63,5 millones de euros para la adquisición de derechos, asignación con cargo al Fondo de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Ya en el marco del Plan Especial del Alto Guadiana aprobado en 2008 se convocaron concursos para la adquisición de derechos al aprovechamiento de aguas subterráneas, en esa ocasión, 2008 y 2009, con el fin de cederlos a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la ordenación de miles de aprovechamientos sin derechos ubicados en el acuífero sobreexplotado Mancha Occidental.

La presente oferta pública persigue reducir la presión por extracciones prioritariamente en la zona de protección del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel y dedicar los derechos adquiridos a la mejora medioambiental, propiciando la recuperación cuantitativa de las masas subterráneas.

Como consecuencia de lo anterior, se anuncia proceso de licitación para la adquisición de derechos de uso del agua en la cuenca del Alto Guadiana a través del Centro de Intercambio de Derechos del Uso del Agua de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

Podrán participar en el proceso de enajenación definitiva de sus derechos, todos los concesionarios y los titulares de aprovechamientos al uso privativo de las aguas, contenidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas que regirán en la oferta pública 1/2022 de la Confederación Hidrográfica del Guadiana para la adquisición de derechos de agua en la cuenca alta del Guadiana con un presupuesto máximo de adquisición de derechos de cinco  millones de euros, IVA incluido.

El importe de la compensación económica por la venta de los derechos se establece en 5,25 €/m3, impuestos incluidos. Eso significa 7.875 euros por hectárea de cultivo leñoso y 10.500 para herbáceos.

El plazo límite para la presentación de instancias será de 30 días, hasta el 20 de abril de 2022.

Podrán participar en las operaciones de cesión al Centro de Intercambio de Derechos de la Confederación Hidrográfica del Guadiana los titulares de aprovechamientos de aguas destinados a regadío cuyas captaciones estén ubicadas en el ámbito territorial de las masas de agua subterránea Mancha Occidental I, Mancha Occidental II o Rus-Valdelobos, declaradas en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico. La cesión de los derechos ha de realizarse con carácter definitivo.

Entre los requisitos que deben reunir las captaciones se destacan:

-No se hallen en trámite de reconocimiento de derechos o modificación de características.

-No se hallen incursos en causa alguna de extinción de derechos.

-No correspondan a concesiones otorgadas mediante el procedimiento de concurso de cultivos leñosos al amparo del Plan Especial del alto Guadiana

-No estén afectados por recursos administrativos o contencioso administrativos pendiente de resolución.

-Figuren reconocidos en el Registro de Aguas (Secciones A o C) o en el Catálogo de Aguas Privadas de la CHG.

Todas las captaciones del aprovechamiento deberán tener instaladas y en correcto estado de funcionamiento los dispositivos para la medida de control de caudales extraídos. Las captaciones han de disponer de caudales efectivos y suficientes para atender el derecho, debiendo haber estado en funcionamiento al menos tres de los últimos cinco años.

 

 

 

 

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