Publican las flexibilidades de aplicación de los eco regímenes hasta que entre en vigor la nueva PAC

Estas medidas se acordarán de modo pleno en 2023, pero las decisiones productivas han de tomarse en determinados casos con cierta antelación, teniendo en cuenta los calendarios de siembra o plantación para los cultivos de ciclo anual

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado la resolución por la que se establece el régimen transitorio de flexibilidades a adoptar por las comunidades autónomas en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (eco regímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común.

Acorde con lo previsto en el PEPAC, y en desarrollo de la normativa europea, las ayudas se van a vincular a prácticas tales como la rotación de cultivos y la siembra directa en tierras de cultivo; las cubiertas vegetales e inertes en el caso de cultivos leñosos; la siega sostenible; el establecimiento de islas y márgenes de biodiversidad; el pastoreo extensivo en los pastos; así como el establecimiento de espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.

También en aplicación del citado Plan, la futura normativa incorpora determinadas flexibilidades, que permiten a las autoridades competentes fijar, en determinados supuestos, excepciones a tales exigencias, flexibilizando por tanto su cumplimiento en atención a determinadas circunstancias que lo hagan necesario.

En concreto, estas flexibilidades se recogen en el proyecto de Real Decreto sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

No obstante, mientras no entre en vigor el mencionado marco normativo, que se prevé para finales de año, y con el fin de facilitar que se puedan llegar a alcanzar plenamente los objetivos que se persiguen con las ayudas a los eco regímenes y preparar la efectividad de su inminente aplicación, se estima necesario que las autoridades competentes de las comunidades autónomas puedan adoptar, lo antes posible, una serie de flexibilidades de los requisitos que se van a exigir a los potenciales beneficiarios de dichas ayudas, teniendo en cuenta para ello las necesidades y realidades propias de sus respectivas regiones.

Estas medidas se acordarán de modo pleno en marzo de 2023, momento en que la normativa estará ya en vigor, pero que las decisiones productivas de los interesados han de tomarse en determinados casos con cierta antelación, teniendo en cuenta los calendarios de siembra o plantación para los cultivos de ciclo anual, lo que hace necesario adelantar la posibilidad de acordar siquiera precautoriamente tales flexibilidades al momento en que los beneficiarios requieren conocer dicha posibilidad.

Medidas de flexibilidad

Las autoridades competentes de las comunidades autónomas podrán adoptar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las siguientes medidas de flexibilidad de los requisitos a cumplir por los potenciales beneficiarios de las ayudas a los eco regímenes previstas en el PEPAC:

-Eco regímenes de agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos.

-Eco regímenes de agricultura de carbono y agroecología: rotación de cultivos y siembra directa en tierras de cultivo.

-Eco regímenes de agricultura de carbono y agroecología: rotación de cultivos y siembra directa en tierras de cultivo.

-Eco régimen de Agroecología: espacios de biodiversidad.

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