La Junta de Andalucía permitirá las quemas de restos de podas

Para eliminar el riesgo de incendios o propagación de plagas

quema de restos de poda

La Junta de Andalucía permitirá las quemas de restos vegetales en zonas forestales y de influencia forestal con la finalidad de eliminar el riesgo de incendios o propagación de plagas que estos restos acumulados generan, mediante un método sencillo, económico y eficaz.

Tras este anuncio, el presidente de Asaja Córdoba, Ignacio Fernández de Mesa, ha afirmado que “tras el problema que ha generado el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) en todo el territorio nacional prohibiendo sistemáticamente todas las quemas, y mientras la modificación de la Ley de Economía Circular se lleve a puerto, la Junta de Andalucía ha conseguido desbloquear las quemas, al menos en los entornos forestales y las zonas de influencia forestal”.

Así, ha quedado de manifiesto el esfuerzo llevado a cabo por autonomías como la andaluza, pero, al mismo tiempo, “la absoluta falta de sensibilidad y empatía con los propietarios de explotaciones por parte del MITECO”, ha dicho el representante agrario.

Quema de restos en Andalucía

La Junta de Andalucía establece las condiciones para el empleo del fuego en labores agrarias, de forma que los Centros Operativos Provinciales (COP´s) y Regional de INFOCA (COR) disponen de un elenco de parámetros objetivos para controlarlo. La consideración de estos parámetros persigue un objetivo múltiple.

En primer lugar, limitar que la propia acción de quema pueda suponer un riesgo de propagación de un incendio forestal. En segundo lugar, garantizar que la quema se ejecuta en condiciones de seguridad para los propios operarios. En tercer lugar, garantizar que las quemas no generan daños a la población en general ni al medio ambiente, al llevase a cabo en unas condiciones muy limitadas.

La Administración autonómica añade que los parámetros objetivos concretos y sus valores limitados en el reglamento deben ser entendidos como fronteras máximas que garantizan que el uso del fuego no produce daños al medio ambiente. Entre otros, son los referidos a las superficies de quema, las dimensiones de las pilas, el establecimiento de líneas de defensa, los días y horas de quemas, la dirección y la velocidad máxima del viento permitida.

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