Los suministros de envases, piensos o semillas entre las cooperativas y socios están exentos de la obligación de contrato escrito

Según recoge la Ley de la Cadena Alimentaria

semillas

EFEAGRO. Los suministros de medios de producción (envases, piensos, semillas) entre las cooperativas y socios están exentos de la obligación de contrato escrito que establece la Ley de la Cadena Alimentaria para las relaciones comerciales entre los eslabones del sector.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha confirmado, que las relaciones estatutarias entre las cooperativas y sus socios no se pueden considerar «relaciones comerciales», según una nota aclaratoria a la que ha tenido acceso Efeagro.

Agricultura ha subrayado que «el abastecimiento de medios de producción por parte de socios de cooperativas u otras entidades asociativas, cuando, en virtud de sus estatutos, vengan obligados a su realización, se entenderá fuera del ámbito de aplicación» del artículo de la Ley que obliga al contrato escrito.

La carta aclaratoria del Ministerio responde a consultas y a dudas del sector sobre la aplicación del registro de contratos, entre ellas las remitidas por las cooperativas agroalimentarias, según ha informado este viernes la Federación de Cooperativas Agrarias de Murcia (Fecoam), en una nota de prensa.

Según Fecoam, «responde a la cuestión sobre si los suministros que las cooperativas realizan a sus socios en forma de envases, piensos, abonos, semillas deben tener la misma consideración de operaciones internas socio-sociedad que las entregas de producto que los socios realizan a aquellas para comercialización en común».

El MAPA ha recalcado que «en lo relativo a la relación entre socio-cooperativa (u otra entidad asociativa), se entenderá aplicable a las obligaciones estatutarias establecidas para los socios, tanto de entrega de producto, como de abastecimiento de medios de producción» y no se considerará relación comercial.

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