La CNMC considera que la retirada de aceite de oliva podría encarecer los precios

Y reducir la variedad y calidad del producto

Aceite de oliva

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera que la norma de comercialización del aceite de oliva en la campaña 2026/2027 podría encarecer los precios y reducir la variedad y calidad del producto.

Así lo recogió en un informe previo a la publicación de la Orden. Ahora, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tiene hasta el 15 de noviembre para estipular el porcentaje de retirada de aceite de oliva del mercado.

El Ministerio de Agricultura determinará el porcentaje de aceite de oliva que deberá ser retirado hasta el final de la presente campaña

Valoraciones de la CNMC

La CNMC considera que medidas de restricción como ésta podrían producir efectos muy negativos sobre la competencia y los consumidores:

-Limitarían la cantidad de producto disponible en el mercado.

-Afectarían a los precios, la calidad y la variedad de la oferta.

-Alterarían el funcionamiento competitivo de la cadena de valor.

Por ello, aconseja cuantificar sus efectos sobre los precios, el consumo, la rentabilidad de los productores y el resto de los operadores de la cadena, especialmente sobre los consumidores de menor renta.

Recomendaciones de la CNMC

Desde la óptica de la promoción de la competencia y la buena regulación, propone las siguientes recomendaciones:

-Reforzar la justificación de la medida, con datos de demanda y flujos comerciales que acrediten que la retirada responde a una sobreoferta realmente extraordinaria.

-Precisar la metodología para determinar el porcentaje de retirada, de modo que el límite del 20 % responda a la mínima restricción necesaria.

-Limitar la retirada a las categorías en que resulte necesaria, con una justificación detallada de la libertad de elección otorgada a cada almazara y de sus efectos sobre los distintos segmentos del mercado y consumidores.

-Aclarar el alcance de los sujetos obligados, resolviendo la aparente discrepancia respecto a la exclusión de almazaras de pequeña dimensión y estableciendo criterios objetivos y no discriminatorios.

-Definir el plan de control antes de activar la medida y evitar el intercambio de datos sensibles entre operadores.

-Establecer un proceso de seguimiento con criterios, fases y plazos claros, para ajustar o revocar la medida si cambian las condiciones del mercado.

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