Solicitud de ayudas incorporación de jóvenes y mejora explotaciones, del 25 de junio al 25 de julio

Tras la publicación este viernes en el DOCM de la convocatoria

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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este viernes la convocatoria de la ayuda a la creación de empresas por jóvenes agricultores, apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias y a determinadas inversiones en materia de regadío en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

El plazo de presentación comienza el 25 de junio y se prolongará por espacio de un mes, hasta el próximo 25 de julio.

El tipo de ayuda, en régimen de concurrencia competitiva, consiste en una ayuda a tanto alzado que contribuirá a la creación de una empresa agraria por el joven agricultor, así como a comenzar su actividad agraria propiamente dicha.

Esta ayuda se hará efectiva en dos tramos, previa solicitud presentada por el beneficiario. Para poder efectuar el primer pago, que supondrá el 60% de la ayuda total, el beneficiario deberá presentar una solicitud de pago, junto con un informe del tutor relativo al estado de desarrollo del Plan Empresarial dentro de los nueve meses siguientes a la aprobación de la ayuda.

El último pago del 40% restante de la ayuda estará supeditado a la ejecución correcta del Plan Empresarial. El beneficiario deberá presentar igualmente una solicitud de pago, junto con un informe final del tutor relativo a la ejecución y cumplimiento del Plan Empresarial así como restantes requisitos exigidos.

Los principales requisitos a cumplir son:

– Tener entre 18 y 40 años

– Que se instalen como titulares por primera vez de una explotación agraria que alcance la condición de prioritaria en el momento de finalización del expediente,

– Que cuenten con la capacitación y formación adecuadas y ostenten el control efectivo sobre la misma.

– Confeccionar un plan empresarial de viabilidad económica.

– Disponer de un tutor, que debe ser un Ingeniero Técnico Agrícola o veterinario.

La ayuda mínima es de 27.000 euros. Este importe puede ser incrementado hasta los 48.000 si se generan puestos de trabajo o las inversiones previstas contribuyen a un uso sostenible y eficiente de los recursos naturales y mitigación del cambio climático.

En cuanto a la baremación, la Orden tiene en cuenta aspectos como la condición de mujer; la titularidad compartida; el nivel de formación o los ingresos.

Mejoras de explotación

El Capítulo III recoge las ayudas para inversiones en explotaciones agrarias, dirigidas a personas físicas con cualificación o formación suficiente; jóvenes agricultores; titulares de una explotación de titularidad compartida o titulares de una explotación agraria prioritaria o que alcance tal condición tras ejecutar el Plan de Inversiones.

Algunas de las actividades subvencionadas (hasta con un 40% de la inversión) son la construcción de naves, apriscos y establos; instalación de energías renovables; adquisición de maquinaría o mejoras de regadío.

Mejoras de regadío

Se subvencionarán inversiones como:

– Caudalímetros, equipos de filtrado y fertirrigación.

– Redes de distribución de agua, con todos sus componentes.

– Programación y automatización de riego.

Las ayudas a las inversiones consistirán en una subvención de capital. Se establece un porcentaje básico de ayuda del 40% de la inversión financiable, el cual se incrementará de la forma y con condiciones establecidas en la orden de bases. El volumen máximo de inversión financiable objeto de ayuda será de 100.000 € por unidad de trabajo agrario (UTA) sin superar los 800.000 €.

La inversión máxima financiable por superficie afectada, será la siguiente:

– Las 10 ha primeras: 6.000 €/ha

– Entre 10 y 20 ha: 5.250 €/ha

– Entre 20 y 30 ha: 4.500 €/ha

– Exceso de 30 ha: 3.000 €/ha

El volumen mínimo de inversión auxiliable por expediente será de 9.000 euros, en el momento de la concesión de la ayuda.

Las solicitudes para acogerse a estas ayudas se formularán conforme al modelo que aparece en el Anexo 1 de la resolución de convocatoria así como en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jcccm.es/agricultura), acompañándose de la documentación que se relaciona en el Anexo 2, salvo que ya obrasen los originales o copias auténticas en cualquier órgano o unidad de la Administración Regional, siempre que se haga constar la fecha y el órgano ante el que se entregaron y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan o la información que obra en ellos hubiese sufrido modificaciones.

http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2016/06/24/pdf/2016_6879.pdf&tipo=rutaDocm

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