Convocadas ayudas para el fomento de la acuicultura en Castilla-La Mancha

El Diario de Castilla-La Mancha publica la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la acuicultura en esta comunidad autónoma.

El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas al fomento de la acuicultura en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de que se adopten medidas en los sistemas de explotación de acuicultura que lleven consigo una protección y mejora del medio ambiente.

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas a la acuicultura las personas físicas o jurídicas, que sean titulares de explotaciones acuícolas, y cuya ubicación se encuentre en Castilla-La Mancha, ya sean consideradas éstas como microempresas, pequeñas y medianas empresas o empresas intermedias.

Podrán subvencionarse las acciones siguientes:

a) Inversiones productivas en la acuicultura.

b) Inversiones orientadas a la diversificación de la producción acuícola y las especies cultivadas.

c) Inversiones destinadas a modernizar centros acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad de los trabajadores del sector acuícola.

d) Inversiones que permitan introducir mejoras relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los animales silvestres.

e) Inversiones que permitan recuperar estanques o lagunas acuícolas existentes mediante la eliminación del lodo, o inversiones para prevenir los depósitos de lodo.

f) Inversiones orientadas a diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.

g) Inversiones que reduzcan el impacto negativo en el medio ambiente.

h) Inversiones que mejoren la utilización y calidad del agua, en particular disminuyendo la cantidad de agua, productos químicos, antibióticos y otros medicamentos.

i) Inversiones que aumenten la calidad del caudal de salida, incluso mediante el desarrollo de sistemas acuícolas multitróficos.

j) Inversiones que potencien el uso de sistemas de recirculación de circuito cerrado, reduciendo al mínimo el uso del agua.

El porcentaje máximo de ayuda pública será del 50%, referido al presupuesto total subvencionable.

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