Convocan ayudas para el fomento de la acuicultura en Castilla-La Mancha

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este miércoles una Resolución  de  la  Dirección  General  de  Política  Forestal  y  Espacios  Naturales,  por  la  que  se convocan ayudas para el fomento de la acuicultura en la comunidad autónoma.

Los ayudas están destinadas a personas  físicas  o  jurídicas,  que  sean  titulares  de  explotaciones  acuícolas,  y  cuya  ubicación  se  encuentre  en Castilla-La Mancha, ya sean consideradas éstas como microempresas, pequeñas y medianas empresas o empresas intermedia.

Las ayudas serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y la Unión Europea, a través del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020, en los porcentajes establecidos en el Programa Operativo del FEMP aprobado por Decisión de la Comisión Europea de fecha 13 de noviembre de 2015, que son el 25 y 75%, respectivamente. El porcentaje máximo de ayuda pública será del 50%, referido al presupuesto total subvencionable. Para la convocatoria correspondiente al año 2017 se prevé la existencia de un crédito de 100.000 euros con cargo a los presupuestos del ejercicio 2018.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días a contar desde el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (hasta el 18 de diciembre).

Se consideran acciones subvencionables:

  1. a) Inversiones productivas en la acuicultura.
  2. b) Inversiones orientadas a la diversificación de la producción acuícola y las especies cultivadas.
  3. c) Inversiones destinadas a modernizar centros acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad de los trabajadores del sector acuícola.
  4. d) Inversiones que permitan introducir mejoras relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los animales silvestres.
  5. e) Inversiones que permitan recuperar estanques o lagunas acuícolas existentes mediante la eliminación del lodo, o inversiones para prevenir los depósitos de lodo.
  6. f) Inversiones orientadas a diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.
  7. g) Inversiones que reduzcan el impacto negativo en el medio ambiente.
  8. h) Inversiones que mejoren la utilización y calidad del agua, en particular disminuyendo la cantidad de agua, productos químicos, antibióticos y otros medicamentos.
  9. i) Inversiones que aumenten la calidad del caudal de salida, incluso mediante el desarrollo de sistemas acuícolas multitróficos.
  10. j) Inversiones que potencien el uso de sistemas de recirculación de circuito cerrado, reduciendo al mínimo el uso del agua.

El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Las solicitudes de ayuda estarán dirigidas a la Dirección Provincial de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, conforme al modelo oficial.

 

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