Algunos autónomos deben renovar la cobertura de incapacidad temporal

Hasta el 31 de marzo, para aquellos que estén de alta desde antes del 1 de enero de 1998

Unión de Uniones recuerda y advierte que determinados autónomos, tendrán que optar a más tardar el 31 de marzo por una de las 20 mutuas colaboradoras de la Seguridad Social para contratar la cobertura de incapacidad temporal. La norma afecta a aquellos que estén de alta en autónomos desde antes del 1 de enero de 1998 y hubieran optado en su momento por mantener dicha cobertura directamente con el Instituto de la Seguridad Social.

Como norma general, en el Régimen de Autónomos, y en base a la Ley General de la Seguridad Social, es obligatorio tener suscrita la contingencia de incapacidad temporal con una Mutua reconocida con colaboradora con la Seguridad Social. Para los autónomos agrarios del SETA, dicha cobertura es voluntaria.

No obstante, la Disposición transitoria vigésimo novena de la Ley permitía como excepción que los autónomos que estuvieran dados de alta en el régimen desde antes del 1 de enero de 1998 y que tuvieran cubierta dicha contingencia directamente con el Instituto de la Seguridad Social pudieran seguir así.

Con la publicación del Real Decreto-Ley 20/2018, que introduce varias modificaciones en el Régimen de Autónomos, esta excepción se deroga y, a partir de ahora, todos los que tengan contratada la incapacidad temporal tendrán que hacerlo con una Mutua que, además, será la misma con la que tengan contratada las contingencias profesionales y el cese de actividad.

El plazo para aquellos que la tienen con la Seguridad Social y tienen que cambiar a una Mutua empezaba el día de entrada en vigor del Real Decreto-Ley y duraba tres meses, expirando, el próximo día 31 de marzo. Una vez hecho el cambio, hay que comunicarlo a la Tesorería de la Seguridad Social, y tendrá efectos desde el 1 de junio siguiente.

El listado de Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social a las que dirigirse son:

ACTIVA MUTUA 2008

ASEPEYO

EGARSAT

FRATERNIDAD – MUPRESPA

FREMAP

IBERMUTUAMUR

MAC, MUTUA DE ACCIDENTES DE CANARIAS

MAZ, MUTUA DE ACCIDENTES DE ZARAGOZA

MUTUA BALEAR

MUTUA DE ANDALUCÍA Y CEUTA – CESMA

MUTUA GALLEGA DE AT

MUTUA INTERCOMARCAL

MUTUA MONTAÑESA

MUTUA NAVARRA

MUTUA UNIVERSAL, MUGENAT

MC MUTUAL

MUTUALIA

SOLIMAT

UMIVALE

UNION DE MUTUAS, UNIMAT

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