Agricultores y ganaderos pueden seguir yendo a sus puestos de trabajo, al considerarse actividades esenciales

Están excluidos de la paralización de todas las actividades no esenciales desde el lunes 30 de marzo hasta el jueves 9 de abril

Agricultores y ganaderos podrán seguir asistiendo a sus explotaciones a pesar del endurecimiento de las limitaciones del confinamiento a causa del coronavirus que establece la paralización de todas las actividades no esenciales desde el lunes 30 de marzo hasta el jueves 9 de abril.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado a última hora de este domingo el Real Decreto-ley por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

No obstante, quedan exceptuados del ámbito de las personas trabajadoras que presten servicios en los sectores calificados como esenciales en el anexo de este real decreto-ley y las personas trabajadoras que presten servicios en las divisiones o en las líneas de producción cuya actividad se corresponda con los sectores calificados como esenciales en el anexo de este Real Decreto-ley.

Entre ellas, las que trabajan en las actividades que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y en el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de bienes y servicios de primera necesidad, incluyendo alimentos, bebidas, alimentación animal, productos higiénicos, medicamentos, productos sanitarios o cualquier producto necesario para la protección de la salud, permitiendo la distribución de los mismos desde el origen hasta el destino final. En este apartado quedarían englobados agricultores y ganaderos, a los que no se les nombra directamente en el Real Decreto-ley.

Eso sí, deberán seguir cumpliendo las normas establecidas en materia de transporte, desplazamientos o prevención.

 

 

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