Condenada a seis meses de prisión por ceder a otro agricultor grano protegido

Para sembrar trigo blando

Una agricultora de la provincia de Ávila ha sido condenada a seis meses de prisión por un delito contra la propiedad industrial al haber cedido a otro agricultor grano para siembra de la variedad de trigo blando.

La Sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Ávila, considera probado que la agricultora cedió una variedad protegida de trigo blando “Berdún”, lo que supone un delito contra la propiedad industrial, tipificado en el artículo 274.4 del Código Penal, y como consecuencia de las investigaciones llevadas a cabo por el Seprona de la Comandancia de la Guardia Civil de Ávila sobre diferentes agricultores y entidades acondicionadoras de grano de la provincia.

La Sentencia es firme, según indica Geslive (empresa filial de la Asociación Nacional de Obtentores Vegetales, ANOVE), por lo que no cabe recurso alguno contra ella y condena a la agricultora a la pena de 6 meses de prisión, al pago de indemnización por los daños y perjuicios causados, inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y pago de la mitad de las costas procesales comunes.

La producción y comercio de semillas y plantas es una actividad regulada y sujeta a autorización y control administrativo, que debe situarse dentro de un Sistema de Certificación reconocido. Por ello, el comercio fuera del sistema de certificación se considera ilegal. Aquellos agricultores que quieran abastecerse de semillas disponen de dos vías legales para poder hacerlo: a

-Semilla certificada adquirida en el mercado.

-Reempleo de granos para siembra producidos por sí mismos.

Por lo que respecta a las variedades protegidas, el agricultor compensa así a las empresas obtentoras a través de los correspondientes royalties, lo que hace posible que estas puedan seguir trabajando en la obtención de nuevas variedades. En este caso, la agricultora ha incurrido en un delito al ceder una variedad protegida a otro agricultor.

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