Cómo será la ayuda de la nueva PAC al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental

olivares

El borrador del Real Decreto sobre la aplicación en España, a partir de 2023, de la nueva Política Agraria Común (PAC), aún pendiente de publicarse oficialmente, recoge cómo será la ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental.

Indica que el objeto de esta ayuda es evitar el abandono del olivar con dificultades específicas relacionadas con limitaciones del medio natural, de alto valor ambiental y cuyo mantenimiento es esencial fundamentalmente desde el punto de vista social y ecológico.

Para recibir la ayuda prevista se crean dos regiones: Peninsular e Insular. Las explotaciones ubicadas en la región insular de Islas Baleares recibirán un mayor apoyo atendiendo a las dificultades adicionales y los mayores costes de producción y comercialización derivados de la insularidad.

Beneficiarios y requisitos

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los agricultores activos titulares de explotaciones con hectáreas subvencionables de olivar que la soliciten anualmente a través de la solicitud única.

Las parcelas respecto a las que se solicite esta ayuda deberán cumplir los requisitos siguientes:

1) Figurar como declaradas en la PAC o inscritas en el Registro General de la Producción Agraria en alguno de los años 2018, 2019 o 2020.

2) Ser cultivadas en secano.

3) Contar con una densidad de plantación por hectárea de hasta 100 árboles y/o una pendiente media de parcela superior o igual al 25%.

4) Contar con una densidad mínima por hectárea de 30 árboles.

5) La edad media de la plantación deberá ser superior a 10 años.

6) Contar con una superficie mínima subvencionable por parcela por la que se solicita la ayuda, de 0,1 hectáreas, y que la superficie mínima subvencionable por explotación sea de 0,5 ha.

7) Además, serán subvencionables los olivares centenarios con reconocimientos internacionales específicos, para este cultivo, como patrimonio cultural, aunque no cumplan los requisitos de densidad o pendiente, siempre que éstos estén claramente identificados en SIGPAC debido a su valor patrimonial.

Importe de la ayuda

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según la información suministrada por las comunidades autónomas, establecerá anualmente los importes unitarios.

El importe de la ayuda por hectárea en la región Peninsular será:

1) El importe completo de la ayuda para las 10 primeras hectáreas subvencionables de la explotación.

2) El 50 por ciento del importe completo para las siguientes hectáreas.

Los importes calculados se publicarán anualmente en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

En ningún caso los importes unitarios de esta ayuda podrán ser inferiores a los importes mínimos ni superar los importes máximos previstos.

 

 

 

 

 

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