¿Qué debe hacer un agricultor o ganadero que facture más de 250.000 euros al año?

Es el límite del Ministerio de Hacienda para permanecer en el régimen de estimación objetiva (módulos)

john deere

El Boletín Oficial del Estado ya ha publicado la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se desarrollan para el año 2022 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido recoge las novedades del método de estimación objetiva (módulos).

La Orden recoge que para el próximo año no se modifica el Régimen de Módulos, manteniéndose, por lo tanto, los límites existentes para la permanencia en el sistema, establecido en 250.000 euros anuales en volumen de ingresos.

Desde ASAJA celebran que no se haya modificado el actual sistema de módulos, especialmente ante posibles propuestas que amenacen su permanencia.

Desde la organización agraria recuerdan que en el régimen de módulos (estimación objetiva) deben computarse no solo las operaciones correspondientes a las actividades económicas desarrolladas por el contribuyente, sino también las correspondientes a las desarrolladas por el cónyuge, descendientes y ascendientes, así como por las entidades en régimen de atribución de rentas en las que participen cualquiera de las anteriores.  No se incluyen los ingresos obtenidos por las subvenciones corrientes o de capital, ni por las indemnizaciones.

Advierten que los agricultores y ganaderos que facturen más de 250.000 euros anuales por ingresos procedentes de la agricultura o ganadería deberán renunciar durante el mes de diciembre al régimen de módulos para tributar de forma obligatoria durante los siguientes tres años en estimación directa.

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