Las ayudas por sequía para agricultores de Castilla-La Mancha no se podrán resolver ni notificar, de momento

Al estar condicionadas a la aprobación de la modificación del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2022 por parte de la Comisión Europea

sequía

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este miércoles las órdenes de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural destinadas a compensar a los agricultores por las dificultades derivadas de la sequía.

En concreto, se publican las modificaciones de las órdenes por las que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2022 sobre pagos a zonas de montaña y zonas con limitaciones naturales significativas, así como la modificación de la resolución por la que se convocan por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2023.

Ayudas para zonas de montaña y zonas con limitaciones naturales significativas

Son ayudas destinadas a compensar a los agricultores activos de las dificultades naturales, como consecuencia de los condicionantes físicos y climáticos inherentes a estas zonas, entre los que se encuentran factores como la aridez, y teniendo en cuenta la sequía prolongada que está atravesando la región.

Asimismo, deben contribuir, a través de un uso continuado de las tierras agrícolas, a preservar la biodiversidad y los paisajes, luchar contra el abandono de la actividad agraria y mantener prácticas respetuosas con el medio ambiente.

Ayudas para zonas de montaña

La cuantía de las ayudas para zonas de montaña se fija en 105 euros por hectárea, un importe base que se irá reduciendo mediante la aplicación de un coeficiente reductor que dependerá del tamaño de la explotación. La cuantía total máxima disponible es de 10,8 millones de euros.

Ayudas zonas con limitaciones naturales significativas

En el caso de las zonas con limitaciones naturales significativas, el importe de la ayuda se fija en 100 euros por hectárea y el importe base se irá reduciendo también mediante la aplicación de un coeficiente reductor. La anualidad de 2024 para estas ayudas asciende a 33,6 millones de euros.

Podrán ser personas beneficiarias los agricultores activos, personas físicas, que a su vez ostenten la condición de ser agricultores a título principal; las sociedades agrarias de transformación (SAT), cooperativas agrarias o explotaciones de titularidad compartida, titulares de una explotación agraria calificada de prioritaria, que se comprometan a desarrollar sus actividades agrarias conforme a la normativa europea.

Las órdenes incluyen una disposición transitoria única que establece que la concesión de las ayudas queda condicionada a la aprobación de la modificación del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2022 por parte de la Comisión Europea, por lo que no se podrán resolver y notificar las resoluciones de concesión en tanto no se produzca la aprobación de la referida modificación del Programa de Desarrollo Rural.

Las órdenes entran en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y se aplicarán a las solicitudes presentadas en la PAC 2023. EFEAGRO

 

 

 

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