¿Cómo se han calculado los importes unitarios de los ecorregímenes de la PAC?

campo

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado los importes unitarios provisionales para el cálculo de los anticipos de los ecorregímenes (EERR) de la PAC, una de las principales novedades de la Política Agrícola Común, que ha entrado en vigor esta campaña 2023.

El anticipo de las intervenciones en forma de pagos directos de la campaña 2023 se podrá abonar por parte de las Comunidades Autónomas a partir del 16 de octubre, y hasta el 30 de noviembre de 2023.

Este anticipo alcanzará, como máximo, el 70% del importe total al que tiene derecho cada agricultor y ganadero. A partir del 1 de diciembre y hasta el 30 de junio de 2024 se podrá abonar la cantidad restante.

Los importes provisionales se han establecido con los datos de superficies solicitadas por los agricultores y ganaderos en su Solicitud Única y comunicadas al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) por parte de las comunidades autónomas.

Esto significa que una vez realizados los controles, cuando se disponga de los datos de superficies determinadas que cumplen todos los requisitos para percibir las ayudas, se recalcularán los importes, obteniéndose los valores definitivos.

Para el cálculo de estos importes unitarios definitivos también se tendrán en cuenta los posibles remanentes de fondos no utilizados en otros ecorregímenes u otras intervenciones en forma de pagos directos.

Cálculo de importes

A la hora de calcular los importes provisionales es preciso tener en cuenta que en las prácticas de siembra directa y de cubiertas vegetales, la normativa establece un complemento de plurianualidad de 25 €/hectárea, que debe ser pagado íntegramente a los titulares que hayan contraído el compromiso de realizar nuevamente estas prácticas en la próxima campaña.

También se ha tenido en cuenta para el cálculo la condición de insularidad de las superficies de las Islas Baleares en los ecorregímenes en los que se aplica.

Una vez calculado el importe unitario provisional se pueden dar tres situaciones:

  1. El importe provisional es superior al planificado, en cuyo caso se tomará el planificado de cara al pago del anticipo. Esto sucede cuando la superficie solicitada es inferior a la planificada en el Plan Estratégico Nacional (PEPAC), y es el caso de los siguientes ecorregímenes:

-Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos.

-Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media.

De cara al pago del saldo a partir del 1 de diciembre, el remanente liberado al calcular la diferencia entre el imoprte provisional y el planificado se destinará a incrementar el de los ecorregímenes realizados en el mismo tipo de superficie (pastos, tierras de cultivo, y cultivos permanentes) cuyo importe sea menor al planificado. Este trasvase de remanentes se realizará antes del cálculo de los importes definitivos, y por tanto no se realiza para el pago de anticipos.

Mecanismo de degresividad

  1. El importe provisional es inferior al planificado pero mayor al mínimo, en cuyo caso se tomará el importe provisional. En esta situación, en que el importe provisional es inferior al planificado, se aplica el mecanismo de degresividad.

El mecanismo de degresividad establecido consiste en agrupar la superficie de cada agricultor en dos tramos, el primer tramo percibirá el importe provisional calculado y el segundo tramo un importe provisional inferior.

El importe provisional del segundo tramo no puede ser inferior al 70% del provisional del primer tramo. Si con este mecanismo no se garantiza el respeto de la asignación financiera se disminuirán ambos importes proporcionalmente, asegurándose que no se baja del mínimo.

En el ecorrégimen de Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes y lámina de agua, no se aplica degresividad.

Esto sucede cuando la superficie solicitada es superior a la planificada en el Plan Estratégico Nacional (PEPAC), y es el caso de los siguientes ecorregímenes:

-Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en pastos húmedos.

-Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano

-Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo

-Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de regadío

-Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente elevada y bancales.

-Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes

  1. El importe unitario provisional es inferior al planificado y al mínimo, en cuyo caso se tomará el importe mínimo, teniendo en cuenta que si se supera la asignación financiera indicativa del ecorrégimen deberá calcularse un coeficiente reductor de las superficies que se podrán beneficiar de esta ayuda.

Esta situación se da cuando la superficie solicitada es muy superior a la planificada en el Plan Estratégico Nacional (PEPAC), y es el caso únicamente del Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en pastos mediterráneos.

Hay que tener en cuenta que en el marco de la PAC 2023-27, la intervención de ecorregímenes está abierta tanto a superficies que cuentan con derechos de ayuda básica a la renta como a superficies sin derechos.

Este hecho ha sido especialmente relevante en el caso de los ecorregímenes ligados a pastos, ya que la superficie solicitada en estos ecorregímenes en la campaña 2023 ha ascendido a 6,7 millones de hectáreas, una cifra muy superior a la que percibió el pago verde en la campaña 2022, de en torno a 4,8 millones de hectáreas, y muy superior a la planificada en el Plan estratégico cercana a los 4,5 millones de hectáreas.

Los ganaderos percibirán por tanto en 2023 un importe cercano al mínimo en pastos húmedos (3% por encima del mínimo) y el importe mínimo en pastos mediterráneos, pero en una mayor superficie.

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