EFEAGRO. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el decreto ley del Gobierno que reforma el subsidio de desempleo, que amplía la protección a los trabajadores temporales del sector agrario y reduce el número de jornadas para beneficiarse de la ayuda.
Número de jornadas
El real decreto rebaja a diez el número de jornadas necesarias para que los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual, incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, puedan beneficiarse del subsidio por desempleo.
También unifica la protección por desempleo de los trabajadores eventuales agrarios y elimina las restricciones anteriores -por cotizaciones insuficientes- para el acceso al subsidio, sobre duración de la prestación contributiva y sobre cómputo recíproco de los periodos de ocupación cotizada como eventual.
La reforma incorpora la posibilidad de cotizaciones para los trabajadores mayores de 35 años o menores de dicha edad si tienen responsabilidades familiares, durante los doce meses inmediatamente anteriores a la situación de desempleo, siempre que se hayan cotizado, al menos, veinte jornadas reales al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.
Perceptor de la renta agraria
También si se ha sido perceptor de la renta agraria en el año inmediatamente anterior o siempre que se hayan cotizado, al menos, treinta jornadas reales al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, si no se ha sido perceptor de la renta agraria en el año inmediatamente anterior, según el decreto ley.