En 2018 deben ser inspeccionados los equipos fitosanitarios comprados en 2013

A partir de 2020 todas las inspecciones de todos los equipos serán cada 3 años

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este jueves una Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba el Programa de inspecciones de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios de Castilla-La Mancha para el año 2018.

Los equipos a inspeccionar son:

a) Equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios, inscritos en el ROMA y que correspondan a algunos de los siguientes géneros de máquinas:

i) Pulverizadores hidráulicos (de barras o pistolas de pulverización).

ii) Pulverizadores hidroneumáticos.

iii) Pulverizadores neumáticos.

iv) Pulverizadores centrífugos.

v) Espolvoreadores.

b) Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.

c) Equipos de aplicación montados a bordo de aeronaves, que deberán disponer de la mejor tecnología disponible para reducir la deriva de la pulverización

Están excluidos los pulverizadores de mochila, los de arrastre manual (carretilla) con depósito de hasta 100 litros y el resto de equipos no contemplado en el listado anterior.

La periodicidad de las inspecciones es:

a) Todos los equipos, que alcancen 5 años de antigüedad durante el año 2018, deberán estar inspeccionados antes de llegar a la citada edad.

b) A partir de la segunda inspección, los equipos clasificados como prioritarios, deberán ser inspeccionados cada 3 años en inspecciones posteriores.

Son equipos clasificados como prioritarios, los pertenecientes a:

i) Empresas de servicios de trabajos agrarios.

ii) Atrias (Agrupaciones para Tratamientos Integrados en la Agricultura)

iii) ADS (Asociaciones de Defensa Sanitaria) y otras asociaciones similares.

iv) Cooperativas agrarias y otras agrupaciones de agricultores, así como las Comunidades de Bienes que agrupen a más de diez productores.

c) A partir de 2020 todas las inspecciones de todos los equipos serán cada 3 años.

Las Iteaf autorizadas realizarán inspecciones a todos los equipos, que alcancen 5 años de antigüedad durante el año 2018, antes de llegar a la citada edad. Es decir, deberán pasar la inspección todos aquellos equipos cuya primera adquisición (venta como equipo nuevo) se realizó durante el año 2013.

Es en los titulares de los equipos sobre quienes recae la responsabilidad de que sean inspeccionados, para lo que deben ponerse en contacto con las estaciones autorizadas.

Una vez pasada la inspección la estación emitirá el correspondiente certificado y boletín que, siendo favorable, se acompañar de un distintivo adhesivo que acredita que el equipo cumple las condiciones exigidas para su uso. Este distintivo debe colocarse en un lugar visible del equipo y en el mismo se indicará, al menos, el año límite en que debe pasar la próxima inspección, la identificación de la ITEAF que ha realizado la inspección y el número indicativo de la inspección.

 

 

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