Cambios en la PAC para jóvenes, pagos acoplados o coeficiente de pastos

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado las modificaciones a los Reglamentos Base de la PAC 2015 del Reglamento Ómnibus

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado las modificaciones a los Reglamentos Base de la PAC 2015 del Reglamento Ómnibus, por el que se modifican los Reglamentos relativos a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader); sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común y por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agraria Común. Además, establece disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal.

Se trata de una reforma intermedia de la PAC, del denominado Reglamento Ómnibus, que plantea mejora técnicas sobre aspectos como Desarrollo Rural o pagos directos y que contempla cambios en la aplicación de las Superficies de Interés Ecológico (SIE).

Estas modificaciones entran en vigor a partir de este 1 de enero y afectan directamente a las declaraciones de la PAC de todos los agricultores y ganaderos.

Agricultor activo

El Reglamento Ómnibus recoge una mayor libertad para que cada país determine qué requisitos debe incluir la definición de agricultor activo. Aunque en España se mantendrá como hasta ahora, con la conocida como regla 80-20.

Ayudas a la incorporación de jóvenes

Se ha acordado un incremento de las ayudas de incorporación de jóvenes agricultores, con el objetivo de potenciar el tan necesario relevo generacional en el campo. Las subvenciones adicionales a los jóvenes podrán ser hasta un máximo del 50 por ciento superiores a la ayuda básica, frente al 25 por ciento actual, y desaparecerán los límites mínimo y máximo de hectáreas por explotación

Superficies de Interés Ecológico

Los cambios incluyen prohibir el uso de productos fitosanitarios en las superficies de interés ecológico, tanto en aquellas tierras en barbecho como las que se siembren con cultivos fijadores de nitrógeno.

Pagos acoplados

Los Estados miembros podrán concederlos a sectores vulnerables que sean especialmente importantes por motivos económicos, sociales y medioambientales, aunque no estén registrando una caída en su producción.

Coeficiente de pastos (CAP)

La nueva definición incluye superficies arbóreas o pasto arbustivo, con lo que se dejará de penalizar al ganadero de la dehesa por la definición en vigor.

Indemnizaciones por pérdidas

El nuevo Reglamento permitirá activar las indemnizaciones cuando las pérdidas de ingresos alcancen el 20%, en lugar del 30%, como hasta ahora y que dicha compensación se incremente hasta el 70% en lugar de hasta el 65% actual.

Cadena alimentaria

Las organizaciones de productores reconocidas en cualquier sector podrán planificar la producción y negociar contratos en nombre de sus miembros sin infringir por ello las normas de competencia. Hasta ahora, esta posibilidad estaba reservada a los sectores de leche, aceite de oliva, carne de vacuno y cultivos herbáceos.

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