PAC duplica ayuda a jóvenes hasta 50% valor medio derechos pago básico

Además, se flexibiliza la percepción de este pago, al poder recibir la ayuda durante cinco años consecutivos desde la primera solicitud, aunque ésta fuera anterior a 2018

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado la modificación del Real Decreto sobre la  aplicación  a  partir  de  2015  de  los  pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así  como  sobre  la  gestión  y  control  de  los  pagos  directos  y  de  los  pagos  al  desarrollo  rural,  en  aplicación  de  las  disposiciones  relativas  a  la  Política Agrícola Común.

Respecto a las ayudas a los jóvenes incorporados a la agricultura o la ganadería contempla diversas novedades, con el fin de incentivar la participación en los regímenes de pago para jóvenes agricultores se duplica esta ayuda hasta el 50% del valor medio de los derechos de pago básico del joven, tal y como posibilita el nuevo reglamento.

Con el mismo objetivo, se flexibiliza la percepción de este pago, al poder recibir la ayuda durante cinco años consecutivos desde la primera solicitud, aunque ésta fuera anterior a 2018. Todo ello, en línea con el objetivo de favorecer el impulso y apoyo al relevo generacional en el campo, y contribuir a paliar los problemas de pérdida de población que en muchas ocasiones se ponen de manifiesto, mediante el respaldo a los jóvenes como colectivo clave.

Este objetivo se encuadra, además, en el compromiso del Gobierno de hacer frente a los problemas demográficos y de despoblación, a la puesta en marcha de cuantas medidas puedan contribuir a favorecer un desarrollo más equilibrado y a la incorporación de esta perspectiva en el conjunto de las políticas públicas.

El importe del pago para jóvenes agricultores se calculará, cada año, multiplicando el número de derechos de pago que el agricultor haya activado por una cantidad fija correspondiente al 50% del valor medio de los derechos de pago, en propiedad o en arrendamiento, que posea el agricultor.

A efectos del cálculo del importe citado en el párrafo anterior, el máximo número de derechos de pago activados a tener en cuenta no será mayor de 90.»

El pago se concederá por un máximo de cinco años a partir del año de la primera presentación de una solicitud de pago para esta ayuda complementaria y siempre que dicha solicitud se presente durante los cinco años siguientes a la instalación. Será asimismo aplicable este período de cinco años a los agricultores que hayan recibido el pago para jóvenes agricultores respecto de las solicitudes presentadas antes de 2018.

 

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