Detectan un insecto nocivo en una palmera de Illescas (Toledo)

Paysandisia archon, un lepidóptero

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este miércoles una Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se declara la existencia de un foco del organismo nocivo denominado: Paysandisia archon (Burmeister, 1880), en Castilla-La Mancha y se establecen medidas para evitar su propagación.

Paysandisia archon es un organismo nocivo originario de América del sur, detectado por primera vez en España en la década de los 90 en la Comunidad Autónoma de Cataluña, desde entonces se ha ido expandiendo por diversas regiones, hasta llegar a Castilla-La Mancha. Se trata de un lepidóptero de la familia Castniidae.

Recientemente, se ha detectado la presencia de este organismo nocivo en una palmera situada en una casa particular en Illescas, en la provincia de Toledo.

Paysandisia archon se considera un organismo nocivo cuya introducción y propagación debe prohibirse si se presenta en determinados vegetales o productos vegetales.

Por ello, se establece una zona demarcada, que constará de las siguientes partes:

-Zona infestada, constituida por un área de vigilancia intensiva de 2 kilómetros de radio con centro en el foco.

-Zona tampón, constituida por un área de especial vigilancia de 10 km. de radio desde el límite de la zona infestada, donde se realizarán prospecciones. Si se confirmara la presencia del organismo nocivo, se redefinirá nuevamente la zona demarcada.

Además, se someterá a estos ejemplares a un plan de tratamientos preventivos con materias activas autorizadas.

Los proveedores de palmeras con un diámetro de tallo en la base superior a 5 centímetros y destinadas a la plantación, que pertenecen a los géneros Brahea Mart., Butia Becc., Chamaerops L., Jubaea Kunth, Livistona R. Br.,Phoenix L., Sabal Adans., Syagrus Mart., Trachycarpus H. Wendl., Trithrinax Mart. y Washingtonia Raf., solo podrán comercializar estos vegetales cuando se encuentren libres de este organismo nocivo, y para ello deberán cumplir las siguientes normas:

-Haber sido cultivados fuera de la zona demarcada o en una zona declarada exenta de Paysandisia archon por el organismo oficial responsable en materia de sanidad vegetal, o

-Haber sido cultivados, durante un periodo mínimo de dos años antes del traslado, en un lugar de producción, registrado y supervisado por el organismo oficial responsable en materia de sanidad vegetal donde los vegetales han sido colocados en un lugar con completa protección física frente a la introducción de Paysandisia archon, en el que se han aplicado tratamientos fitosanitarios preventivos adecuados, y donde no se han observado señales de la presencia de Paysandisia archon en el transcurso de tres inspecciones oficiales anuales realizadas en las épocas adecuadas.

-No se podrán realizar traslados de plantas sensibles, procedentes de zonas demarcadas, si no van acompañadas de pasaporte fitosanitario. En cualquier caso, las plantas trasplantadas serán sometidas a un tratamiento previo a su trasplante y al plan previsto de tratamientos fitosanitarios periódicos.

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