A información pública resoluciones sobre perdiz roja, trucha común y Orden de Vedas de pesca 2019 en Castilla-La Mancha

Se pueden presentar alegaciones hasta el 8 de enero

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica este viernes varias Resoluciones de la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública de varios borradores órdenes de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural sobre diversas especies, entre ellas, la perdiz roja la trucha común.

En el caso de la perdiz roja, concierne a la regulación del procedimiento de certificación de calidad genética, iniciándose el trámite de someter a información pública a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el citado borrador y formular las observaciones, sugerencias o alegaciones que se estimen pertinentes.

El borrador estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). El plazo para formular observaciones, sugerencias o alegaciones estará abierto hasta el 8 de enero.

En el caso de la trucha común, el plazo y el procedimiento es el mismo. La trucha común (Salmo trutta) fue declarada especie de interés preferente en Castilla-La Mancha por Orden de 14 de noviembre de 1994 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Los planes para esta especie deben contener como mínimo una zonificación y clasificación de las corrientes, tramos de las mismas y masas de agua que constituyan hábitat para la especie que se trate, niveles de protección y criterios para determinar en cada zona las bases de su aprovechamiento.

Orden de Vedas de pesca 2019

Otra de las Resoluciones publicadas este viernes hace referencia a la apertura del trámite de información pública del borrador de la Orden de Vedas de pesca para el año 2019 en Castilla-La Mancha, con las mismas condiciones que las anteriores.

La Orden de Vedas establece la relación de especies objeto de pesca, las épocas hábiles, tallas límite de captura, el número máximo de capturas por pescador y cebos autorizados para cada especie, las especies comercializables y las limitaciones y prohibiciones especiales, así como la delimitación y reglamentación establecida para las aguas en régimen especial y refugios de pesca establecidos en los distintos cursos y masas de agua del ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

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