Regantes de cabecera del Segura podrán disponer del agua que necesiten

Una sentencia del Supremo anula el artículo 40 del Plan Hidrológico del Segura que establecía la obligación de solicitar una autorización adicional para aprovechamientos de aguas subterráneas, cuyo volumen anual no sobrepase los 7.000 m3, incluso cuando la masa de agua subterránea no estuviera sobreexplotada

Una sentencia del Tribunal Supremo  anula el artículo 40 del Plan Hidrológico del Segura (PHS), que establecía la obligación de solicitar una autorización adicional para aprovechamientos de aguas subterráneas cuyo volumen anual no sobrepase los 7.000 m3, con independencia de que la masa de agua subterránea estuviera o no sobreexplotada, en contra de lo dispuesto en el artículo 54.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

Este texto exige autorización para aprovechar los recursos subterráneos con un consumo inferior a 7.000 m3/año solamente cuando el acuífero está sobreexplotado. Sin embargo, el Plan Hidrológico del Segura requería autorización en todos los casos, estableciendo un control más riguroso por parte de la Confederación; lo que el Tribunal Supremo ha anulado tras ser recurrido por el Gobierno de Castilla-La Mancha.

La consejera de Fomento, Agustina García Élez. «Otra buena noticia para Castilla-La Mancha, especialmente para los regantes de la cabecera del Segura (suroeste de Albacete)” que, ha afirmado, “podrán disponer del agua que necesiten”, así como tendrán la posibilidad de abrir un pozo siempre que esa masa de agua no sea sobreexplotada.

Publicidad

Dejar una respuesta

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí