Convocadas ayudas para conservación de recursos agrícolas amenazados de erosión genética

La finalidad de estas ayudas es la producción, de semillas y material vegetal de aquellas variedades autóctonas, reconocidas como variedades de conservación, que por su baja productividad o por su escasa rentabilidad económica, no permiten disponer al agricultor de material de reproducción con las exigencias legales y de garantía fitosanitaria

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería por la que se convocan, para el año 2019, las ayudas para la conservación de recursos agrícolas amenazados de erosión genética, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones de agricultores cuya finalidad sea la producción y comercialización de variedades de conservación.

El gasto total de estas ayudas estará cofinanciado por Feader en un 75%, por la Administración General del Estado en un 7,5% y por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en un 17,5%El crédito presupuestario disponible para esta convocatoria es de 300.000 euros, distribuido en las anualidades 2019, 2020, 2021 quedando condicionada la concesión de las subvenciones a la existencia de crédito presupuestario, adecuado y suficiente en las anualidades.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el 9 de octubre.

La finalidad de estas ayudas es la producción, de semillas y material vegetal de aquellas variedades autóctonas, reconocidas como variedades de conservación, que por su baja productividad o por su escasa rentabilidad económica, no permiten disponer al agricultor de material de reproducción con las exigencias legales y de garantía fitosanitaria. Así mismo, se tratará de fomentar la agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que serían las promotoras o coordinadoras de proyectos en los que se incentive el conocimiento, la catalogación genética y el cultivo de “variedades de conservación”.

Actividades subvencionables

Serán subvencionables las siguientes actividades de conservación in situ y ex situ, del material genético, que se realicen durante un periodo máximo de dos años desde la concesión de ayuda:

-Conservación y desarrollo de colecciones de germoplasma.

-Prospecciones encaminadas a la recolección de los materiales en riesgo de erosión genética.

-Actividades de caracterización y evaluación de los recursos genéticos.

-Mantenimiento y conservación de recursos.

-Reproducción de variedades en riesgo de erosión.

-Actividades informativas y divulgativas relacionadas con la variedad a conservar o reproducir.

-Inscripciones en los registros de productores y comerciantes de semillas y plantas de vivero.

-Realización de controles para el establecimiento de la variedad.

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