Hasta 5 de marzo. Solicitud ayudas reestructuración y reconversión viñedo

viña

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este miércoles la Orden de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural por la que precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2021 y 2022.

Beneficiarios

Se podrán acoger a la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos los viticultores y futuros viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación. Un viticultor solo podrá constar como persona beneficiaria en una única solicitud.

Objeto

La presente orden tiene por objeto desarrollar las bases reguladoras y convocar ayudas para la medida de reestructuración y reconversión del viñedo de Castilla-La Mancha en el Programa de Apoyo 2019-2023, que se ejecuten en los ejercicios Feaga 2021 y 2022 de las siguientes operaciones:

-Reestructuración de viñedo (reimplantación de viñedos).

-Transformación de vaso a espaldera (mejora de las técnicas de gestión de viñedo).

Igualmente, se regula el procedimiento para la aprobación de las solicitudes de reestructuración y reconversión de los viñedos ubicados en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Plazo de presentación

El plazo de presentación será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, es decir, hasta el 5 de marzo. Las solicitudes se podrán presentar de forma individual o colectiva. En todo caso, la presentación se  deberá realizar a través de una persona única que será la que asuma la dirección técnica de la solicitud.

Novedades

Se introducen cambios en las operaciones subvencionables, eliminando la posibilidad de subvencionar la labor de pase de rodillo, pues la complejidad de las comunicaciones y  comprobaciones de  la  misma,  con  los  riesgos  que ello conlleva, no justifica la probable subvención a percibir por este concepto.

Serán subvencionables las operaciones realizadas con cualquiera de las  variedades  autorizadas  en Castilla-La Mancha, excepto Airén, Pardillo/Marisancho, Verdoncho, Torrontés, Montúa/Chelva, Jaén blanco/Pardina, Malvar, Alarije, B., Merseguera, B., Palomino, B., Parellada, B., Pedro Ximénez, B., Planta Nova, Tardana, B.

Criterio de prioridad

Los criterios de prioridad son los mismos que ya se  establecieron  convocatorias anteriores,  estando orientados a la mejora del sector, a través de la profesionalización del mismo, priorizando a las personas jóvenes y profesionales de la agricultura; la apuesta por la calidad mediante el compromiso de llevar la producción a una bodega que realice pagos por calidad, promoviendo la plantación  de  determinadas  variedades  que  tienen  mejor  salida  al  mercado,  primando  las  producciones  que ya hayan sido destinadas a Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) o Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) e impulsando las explotaciones vitícolas ecológicas; la integración cooperativa, abanderada por las Entidades Asociativas  Prioritarias  de  Interés  Regional  (Eapir),  Entidades  Asociativas  Prioritarias  de  ámbito  suprarregional (EAPS) y Agrupaciones de Productores (AAPP); el fortalecimiento de la competitividad de las explotaciones mediante la contratación de seguros agrarios; y el impulso del fomento de la comercialización de los productos vitivinícolas.

Por otra parte, dado que el papel de la mujer en el mundo agrario debe hacerse más visible por lo que se establecen puntos de prioridad para las explotaciones de titularidad compartida. La única variación a este respecto es que en esta ocasión se ha querido dar un mayor estímulo a las producciones destinadas a  Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), incrementándose la puntuación de este criterio hasta los 7 puntos.

El cuadro financiero aprobado recoge, entre otros, el presupuesto para la medida de reestructuración de viñedo y le asigna un montante de 72.532.000€ euros para cada una de las anualidades de duración del mencionado Programa de Apoyo. Este montante económico ha de ser repartido anualmente entre el conjunto de las comunidades autónomas. En base a los repartos anteriores, a Castilla-La Mancha le han asignado fondos por un importe que oscila entre el 40 y el 50% del presupuesto establecido para la medida.

Atendiendo al dato medio de lo asignado se estima que para el año Feaga 2021 se asignarán 32,6M€. Teniendo en cuenta que 11, 3M€ están comprometidos en la Orden de convocatoria 6/2019, de 22 de enero, quedaría disponible para nuevas solicitudes con año de pago 2021 un presupuesto de 21,3M€. Para los que soliciten el año de pago Feaga 2022 la disponibilidad sería de la mitad del presupuesto de la anualidad 2021, es decir, 16,3M€. En cualquier caso, estas estimaciones están condicionadas al reparto en Conferencia Sectorial.

Acciones subvencionables

En la operación de reestructuración o reimplantación de viñedos se podrán solicitar las siguientes acciones:

-Arranque (incluida la recogida de cepas).

-Preparación del suelo: labor profunda, labor superficialy/o enmienda orgánico-mineral. Desinfección. Sólo en el caso de que el arranque de la parcela final a desinfectar se vaya a realizar en el seno del proyecto de reestructuración.

-Despedregado.

-Planta y plantación. La variedad a plantar deberá ser subvencionable y la plantación se deberá realizar en cultivo único o puro.

-Protección individual de plantas contra conejos en el momento de la plantación (incluida la colocación).

-Espaldera. Cuando se aporten autorizaciones o derechos de replantación propios para la reestructuración de las parcelas su vigencia debe ser la adecuada para efectuar el proyecto previsto.

En la operación de mejora de técnicas de gestión de viñedos: Cambio de vaso a espaldera. La variedad o variedades de la parcela deben ser subvencionables.

Plazo de ejecución

En el caso de operaciones anuales el plazo límite de ejecución será hasta el 15 de junio de 2021 inclusive. Cuando las operaciones sean bienales el plazo de ejecución abarcará hasta el 15 de junio de 2022 incluido. La superficie máxima objeto de resolución aprobatoria será de 25 ha por solicitud y año.

Importe de las ayudas

Se podrán conceder ayudas para:

-Compensar a los viticultores participantes por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación de la operación.

-Participar en los costes de la reestructuración y reconversión del viñedo.

La compensación por pérdidas de ingresos se concederá durante dos campañas para la operación de reestructuración y de una campaña para la operación de cambio de vaso a espaldera. Dicha compensación será el 25% del valor medio de la uva de las tres últimas campañas de la región. Para Castilla-La Mancha la compensación indicada se fija en 503,11 €/hectárea.

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